El uso de mascarilla será obligatorio para todos los usuarios del transporte. Se amplía la posibilidad de hacer obras en viviendas y locales o en otras zonas delimitadas no habitadas, así como en las que no tengan acceso los residentes
03/05/2020@20:30:00
La obligación se extiende tanto a los usuarios de los servicios de transporte terrestre, como autobús, taxi, VTC y ferrocarril, como al transporte aéreo y marítimo. Los trabajadores de los servicios de transporte que tengan contacto directo con los pasajeros también deberán ir provistos de mascarillas, así como tener acceso a soluciones hidroalcohólicas. En la orden también se establecen nuevos criterios de ocupación para el transporte terrestre, incluidos los vehículos privados. También se establecen medidas para evitar las aglomeraciones en estaciones, intercambiadores, aeropuertos o estaciones marítimas, incluyendo la habilitación a las administraciones competentes para modificar los horarios comerciales en caso de ser necesario para reducir la intensidad en las horas punta. El Ministerio de Sanidad ha publicado hoy una Orden que posibilita la realización de estas actuaciones siempre que se cumplan una serie de condiciones. En función de la evolución de la situación sanitaria, se podrán ir eliminando las restricciones restantes mediante la correspondiente modificación de la presente Orden.