Implicación y solidaridad en el plan de Acogimiento Familiar de la Junta
miércoles 23 de abril de 2014, 10:51h
El Plan Estratégico de Ayuda ala Familia de Castilla-La Mancha 2013-2016 de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, contempla el Acogimiento Familiar: un programa que busca impulsar la implicación y solidaridad de la sociedad.
Se trata de un recurso social que proporciona una familia alternativa a la de origen a aquellos niños, niñas o adolescentes que por diversas razones no pueden convivir con la suya, de modo que el menor tiene la posibilidad de vivir durante un tiempo en un ambiente familiar que le proporcione el cuidado, la atención y la educación que precisa para desarrollar armónicamente su personalidad, sin perder en ningún momento la relación con su familia de origen.
Los requisitos de la familia acogedora son, en primer lugar, ser personas dispuestas a proporcionar al menos un ambiente estable y afectivo y que desean y pueden realizar esta labor social, para lo que serán preparados y apoyados en todo momento por la administración regional. Deben ser, además, mayores de 25 años.
En cuanto a los menores, deben tener edades comprendidas entre los 0 y los 18 años y estar tutelados o en guarda ejercida por los Servicios Periféricos de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales.
La duración de la acogida no está determinada sino que dependerá de la situación concreta de cada niño o familia. En todo caso, el objetivo final del acogimiento es que el menor pueda regresar con su familia si ésto es adecuado para su bienestar.
Trámites y solicitud:
1. Dirigirse a los Servicios Sociales de su localidad y/o a los Servicios Periféricos de Sanidad y Asuntos Sociales correspondientes a su lugar de residencia para rellenar una solicitud de colaboración acompañada de una fotocopia compulsada del DNI y el Libro de Familia o certificado de convivencia.
2. Una vez entregada la solicitud, se concertará una cita con los interesados, con el objetivo de proporcionar una primera información, aproximación al programa y a los conceptos legales referidos al menor, así como para resolver cualquier duda planteada por la familia.
3. Los solicitantes de colaboración como familia acogedora deberán realizar cuatro sesiones de formación con el objetivos de proporcionarles los conocimientos necesarios para afrontar las posibles dificultades que puedan surgir durante el proceso de acogida.
4. Una vez realizado el proceso de formación, el Equipo Técnico de los Servicios Periféricos de Sanidad y Asuntos Sociales realizará una valoración de la familia para determinar su inclusión en las bolsas de familias acogedoras de las distintas provincias de Castilla-LaMancha.
Las familias recibirán el apoyo de la Administración Regional en forma de:
Orientación y asesoramiento
Formación como acogedores
Seguimiento y supervisión durante todo el proceso por parte de los técnicos y las entidades colaboradoras
Apoyo económico en los gastos de cuidado y atención: El acogimiento es una acción altruista por parte de la familia acogedora. No obstante, aquellos que reúnan las condiciones establecidas reglamentariamente, podrán solicitar una ayuda económica para sufragar los gastos derivados del acogimiento del menor o menores y en ningún caso esta ayuda será condición necesaria para la constitución o cese del acogimiento.
La labor de las Entidades Colaboradoras se centrará en colaborar con la administración en la formación, valoración y seguimiento de las familias acogedoras y en proporcionar un servicio especializado de intervención psicoterapéutica con menores que están bajo medidas de protección así como, dependiendo de los casos, con los núcleos familiares tanto de origen como de acogida a fin de prevenir o reparar los posibles conflictos que pudieran surgir.