La Audiencia Provincial de Toledo juzga el próximo martes, 10 de diciembre, a L.A.C.C, acusado de estafa --condenado por este delito en tres ocasiones-- por apropiarse de 800 euros correspondientes a un piso del que ofertó su alquiler, y que no llegó a arrendar, delito por el que el Ministerio Fiscal solicita cinco años y medio.
Tal y como señala la Fiscalía en su escrito de acusación, con fecha anterior al 27 de abril de 2018 el acusado había puesto un anuncio en Internet en la página milanuncios.com, por el que ofrecía el alquiler del inmueble sito en Illescas; aunque no tenía intención alguna de cumplir lo ofertado.
S.G.S. --con domicilio en Consuegra-- se puso en contacto con el acusado y, tras concertar una cita, se entrevistaron, el día 27 de abril de 2018, en el referido inmueble. Así, se interesó por el alquiler del piso y le entregó al acusado la cantidad de 800 euros, en dos entregas de 400 euros, una en concepto de una mensualidad de alquiler, y otra en concepto de fianza.
El acusado, a pesar de saber que no iba a facilitar la vivienda a S.G.S., para generar confianza en él y no levantar sospecha de que perseguía enriquecerse injustamente, firmó dos recibos de la cantidad referida y, en uno de ellos, hacía constar que le entregaría las llaves del piso y firmarían el contrato de alquiler el día 7 de mayo de 2018; con la excusa de que, antes, tenía que hacer unos arreglos en el piso.
Llegada la fecha señalada, tal y como relata el fiscal, S.G.S. llamó, por teléfono, en repetidas ocasiones al acusado y este comenzó a ponerle pretextos diferentes en cada una de las conversaciones telefónicas que, durante un tiempo después, ambos mantuvieron; con el fin de retrasar el conocimiento de sus ilícitas intenciones.
Por lo anterior, S.G.S. no llegó a disfrutar del alquiler y no recuperó los 800 euros que pagó al acusado para ello. El acusado había sido condenado, como autor de un delito de estafa en virtud de tres sentencias firmes.
Concurre la circunstancia agravante de reincidencia, cualificada, de los artículos 22.8a y 66.1.5a del Código Penal.
La Fiscalía pide diez meses de multa con cuota diaria de doce euros y una indemnización de 800 euros a S.G.S, más los intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de firmeza de la sentencia.