La Dirección General de Agricultura y Ganadería
ha derogado las condiciones que debían cumplir los mataderos autorizados para poder recibir animales de las especies ovina y caprina desde establecimientos situados dentro de la zona de
protección y vigilancia originada por la declaración de los focos de
viruela ovina y caprina (VOC) en
Castilla-La Mancha.
Así consta en la resolución de dicha dirección general que publica este viernes el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, en la que se explica que al dejar de existir esas zonas de protección y vigilancia esas restricciones eran innecesarias y carentes de objeto.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, en el plazo de un mes.
De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la interposición de cualquier recurso podrá realizarse a través de medios electrónicos, salvo que se tenga obligación de relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos —como las personas jurídicas, las entidades sin personalidad y las personas físicas que representen a las anteriores—, a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
El pasado 31 de julio se publicó una resolución por la que se determinaban las medidas sanitarias a adoptar en las explotaciones de ovino y caprino, en las que se indicaban que tras haber transcurrido "más de dos meses desde último foco declarado en Castilla-La Mancha" se aconsejaba la publicación de dicha resolución para actualizar las medidas a adoptar a la situación actual.