La Audiencia Provincial de Albacete ha condenado a 20 años y 1 día de prisión a M.M.C. como autora, criminalmente responsable, de un delito de asesinato, concurriendo la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal agravante de parentesco, al considerar probado que acabó con la vida de su bebé recién parido en el almacén del bar donde trabajaba en la capital albaceteña. La Fisclía pedía prisión permanente revisable.
Según consta en el escrito de acusación de la Fiscalía, recogido por Europa Press, cuando la acusada se apercibió de que se encontraba embarazada, y actuando con la intención de no llevar a termino el embarazo -como había ocurrido en tres ocasiones anteriores en las que había acudido a una clínica privada para que le practicaran un aborto-, trató de conseguir ayuda económica para volver a abortar.
Al no conseguirla, se da por probado que ingirió una sustancia abortiva llamada misoprostol, si bien tampoco logró abortar como era su propósito por no haber tomado la suficiente dosis, ya que tomó restos de pastillas que tenía de la veces anteriores en las que la citada clínica le había suministrado la sustancia.
En este escenario, la acusada continuó con el embarazo, ocultándolo a todo el mundo y sin acudir a realizarse ningún tipo de control médico, hasta el día 10 de octubre de 2020, momento en el que, ya en el tercer trimestre de gestación y mientras desempeñaba su trabajo como camarera en un bar de Albacete, comenzó a sufrir contracciones durante toda la tarde, sin acudir a un centro médico.
Tras varias horas, al notar la inminencia del parto, se introdujo en un almacén contiguo al establecimiento donde dio a luz a un feto a termino, un varón que nació con vida. Acto seguido expulsó la placenta y cortó, desgarrándolo, el cordón umbilical que la unía a su hijo.
Con la intención de ocultar el nacimiento y acabar con la vida del recién nacido, lo escondió junto con la placenta en una bolsa de color lavanda junto con colillas y restos de basura, y con la finalidad del asegurarse su muerte, no solo no anudó el cordón umbilical para evitar que se desangrara, sino que además extrajo todo el aire de la bolsa contenedora antes deatarla e introducirla en una segunda bolsa y posteriormente en una caja de cartón. Dejó, tras esta maniobra, el feto en el almacén .
Posteriormente, la acusada, asustada por la sangre que salía de su cuerpo, avisó a un amigo que se encontraba en el bar para que llamara a los servicios de emergencia, personándose una ambulancia en el lugar.
En ese momento, la explicación dada por la acusada es que la sangre provenía de un bulto, ocultando así que acababa de dar a luz.
Ya de madrugada y tras examen ginecológico, la acusada insistía en que no había dado a luz pese a presentar síntomas "compatibles, evidentes e inequívocos de un parto".
Desde el hospital se dio aviso a la Policía Nacional para buscar al recién nacido, para lo cual no tuvo colaboración de la ahora encausada.
A las 4:27 horas, los agentes localizaron a los dueños del bar donde trabajaba la mujer, quienes prestaron autorización para el registro del almacén, donde encontraron el cuerpo sin vida del hijo de la acusada.
Una vez practicada la autopsia del recién nacido se confirmó que el mismo había nacido vivo, falleciendo después del alumbramiento por varios factores como hipotermia, asfixia por sofocación y hemorragia por no ligar del cordón umbilical.