El sábado pasado se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la nueva Ley de Residuos y Suelos Contaminados por lo que ya ha entrado en vigor, salvo en lo que se refiere a los dos nuevos impuestos de nueva creación, el de producción de plásticos para un solo uso y el de depósito de residuos en vertedero, cuya aplicación entrará desde el 1 de enero de 2023.
Uno de los aspectos más llamativos de la ley es que los establecimientos de hostelería deben ofrecer agua de grifo gratuita siempre que se pida, como una de las medidas para reducir el uso de botellas de un solo uso, y las tiendas deberán fomentar la compra a granel.
En cuanto al impuesto sobre plásticos, afectará a todos los envases que se fabriquen importen o adquieran dentro de los Veintisiete y que contengan plástico no reutilizable incluidos sus cierres. Estos impuestos se grabarán con 0,45 euros por kilogramo.
Sin embargo, quedan excluidos de dicho impuesto las pinturas, tintas, lacas y los adhesivos concebidos para ser incorporados a los productos destinados a tener la función de contener, proteger, manipular o entregar bienes o productos así como aquellos envases para contener, proteger, manipular, distribuir o presentar medicamentos, productos sanitarios, alimentos para usos médicos especiales, preparados para lactantes de uso hospitalario o residuos peligrosos de origen sanitario, así como los rollos de plástico para ensilados de uso agrícola y ganadero.
En lo referido al deposito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración se busca contribuir a la reintroducción de los materiales de los residuos otra vez en la economía. La nueva norma establece objetivos de prevención de residuos para reducir su peso en un 13% respecto a los generados en 2010 en 2025 y marca el reto de rebajar a la mitad la pérdida de desperdicio alimentario en 2030, al tiempo que retira el IVA a las donaciones de productos a las ONG.
Con la ley está prohibido la destrucción o eliminación en depósito en vertedero los excedentes que no se vendan en los productos no perecederos, como textil, juguetes o aparatos eléctricos, que primero se destinarán a los canales de reutilización, incluida la donación, o bien a la preparación para su reutilización.
AGUA DE GRIFO Y CONSUMIBLES A GRANEL
Como ya se ha comentado los establecimientos de hostelería y restauración tendrán que ofrecer "siempre" a los consumidores o usuarios de sus servicios la posibilidad de beber agua no envasada de grifo de manera gratuita.
Por otro lado, desde el 1 de enero de 2023 los comercios minoristas de alimentación con una superficie de 400 metros cuadrados o más tendrán que contar con, al menos, un 20% de su área a productos sin embalaje primario, con venta a granel o a través de envases reutilizables. Además, deberán aceptar envases reutilizables (bolsas, 'tuppers' o botellas) de cuyo buen estado de higiene deberá responsabilizarse el usuario y en caso de no estarlo, el comerciante podrá rechazarlo.
La nueva Ley incluye la obligación de las entidades locales de establecer la recogida separada de "al menos", papel, metales, plástico y vidrio; los biorresiduos (orgánica) antes del 30 de junio de este año en municipios de más de 5.000 habitantes y antes del 31 de diciembre de 2023 para el resto; los residuos textiles, el aceite de cocina usado y los residuos domésticos peligrosos antes del 31 de diciembre de 2024, igual que en el caso de los residuos de muebles y enseres.
Otra de las novedades que introduce esta ley es el avance en la retirada de amianto en el conjunto del país. En concreto, en un año, es decir, antes del 10 de abril de 2023 los ayuntamientos tendrán que elaborar un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto y un calendario que planifique su retirada, con una fecha no posterior a 2028 en el caso de los emplazamientos públicos de mayor riesgo afectados.