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NUEVA ORDEN

Así deben ser los puntos limpios en CLM

Así deben ser los puntos limpios en CLM
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El objetivo de esta medida es evitar el vertido incontrolado y fomentar la separación en origen de los residuos domésticos

lunes 14 de febrero de 2022, 12:00h

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Este martes entrará en vigor la Orden de la Consejería de Desarrollo Sostenible que regula los procedimientos de autorización y comunicación, y los requisitos técnicos que deben cumplir aquellos puntos limpios que se emplacen o presten servicio en Castilla-La Mancha.

La Orden, que ha sido publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y recogida por Europa Press, tiene como objetivos principales evitar el vertido incontrolado de los residuos domésticos que no pueden gestionar los servicios convencionales de recogida y fomentar la separación en origen de los residuos domésticos.

Entre sus objetivos también se encuentra el aprovechar los materiales contenidos en los residuos que sean susceptibles de ser valorizados, fomentar la economía circular mediante el empleo, entre otras, de técnicas de preparación para la reutilización y fomentar la concienciación y divulgación de los postulados de la economía circular, así como la implicación y participación de la ciudadanía.

Según esta Orden, los puntos limpios solo podrán recoger los residuos domésticos generados por la ciudadanía en sus hogares como consecuencia de las actividades domésticas, y los similares a los anteriores generados en pequeños comercios, servicios y oficinas.

Asimismo, podrán recoger los residuos comerciales no peligrosos y los residuos domésticos generados en las industrias en los términos que establezcan las respectivas ordenanzas siempre y cuando existan dificultades para su gestión por otro sistema. Además, de manera genera, los puntos limpios solo podrán realizar operaciones de almacenamiento y clasificación, pero no se permite la manipulación de residuos.

Solo se autorizarán otros tratamientos de residuos cuando el órgano competente determine que se encuentran dentro de la aplicación de programas contemplados en el Plan Integrado de Gestión de Residuos de Castilla-La Mancha y cuya finalidad sea mejorar la consecución de los objetivos de gestión de estos, así como de actuaciones vinculadas a la Estrategia de Economía Circular de Castilla-La Mancha.

Los RAEE (residuos de aparatos eléctricos y electrónicos) se identificarán a través de etiquetas con lectura electrónica o instrumentos similares que garanticen su trazabilidad. Estas operaciones de gestión se llevarán a cabo sin poner en peligro la salud humana y sin usar procedimientos que puedan dañar al medioambiente.

Además, no se permitirá en el punto limpio la mezcla de residuos que se reciban separados, así como cualquier práctica que impida o dificulte la preparación de los residuos para su reutilización, reciclaje o valorización.

RÉGIMEN DE AUTORIZACIÓN

Los puntos limpios fijos, así como su modificación, estarán sometidos al régimen de autorización por el órgano autonómico competente en materia de residuos, de acuerdo con lo establecido en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. En caso de que el punto limpio fijo lleve asociado un punto limpio móvil, la autorización contemplará las características y condicionantes del punto limpio fijo y móvil.

La autorización se concederá una vez se haya comprobado que las instalaciones del punto limpio cumplen con los requisitos mínimos establecidos en esta orden, así como en aquellas otras que resulten de aplicación.

Además, previo al inicio de la actividad, la entidad titular del punto limpio fijo deberá comunicar la puesta en marcha al órgano autonómico competente en materia de residuos mediante el modelo habilitado en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Los puntos limpios fijos autorizados se inscribirán de oficio en el Registro de productores y gestores de Castilla-La Mancha por el órgano autonómico competente en materia de residuos. La Red de Puntos Limpios de Castilla-La Mancha se integrará en dicho Registro.

Por su parte, los puntos limpios móviles deberán presentar una comunicación previa al inicio de su actividad ante el órgano autonómico competente en materia de residuos tal y cómo se establece en el artículo 29 de la Ley 22/2011, de 28 de julio. Únicamente podrán recoger aquellos residuos que estén en el alcance de la autorización del punto limpio fijo, estación de transferencia o centro de tratamiento del que dependa.

Para solicitar la autorización de manera telemática con firma electrónica a través de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (http://jccm.es).

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