UGT Servicios Públicos en Castilla-La Mancha, expone que en la etapa actual de transmisión comunitaria y dado el número tan elevado de contagios de COVID-19 que se vienen produciendo a diario, son muchos los menores de edad y mayores dependientes no institucionalizados, que deben permanecer confinados durante unos días en sus domicilios, con el objetivo de evitar contagios a terceros.
Más de 3.000 personas pidieron que se les prohibiera juegar online en CLM
Leer más
Ante esta situación, y conforme al Art. 110 del Código Civil: “El padre y la madre, aunque no ostenten la patria potestad, están obligados a velar por los hijos menores y a prestarles alimentos”. En cumplimiento de dicha obligación de carácter personal, el personal empleado público de la región, no puede delegar en terceras personas la responsabilidad de esos cuidados ni sería legítimo hacerlo en tanto que, siendo su responsabilidad, un tercero no puede ni debe asumir el riesgo de contagio de la enfermedad. Algo que ya manifestó en los mismos términos UGT al inicio de la Pandemia.
Dado que el Estatuto Básico del Empleado Público, establece que “Los funcionarios públicos tendrán un permiso por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal y por deberes relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral.”
A este respecto y en consonancia con la Jurisprudencia ya existente en esta materia, por parte de UGT Servicios Públicos se pide la adaptación de la normativa ya existente (Plan Concilia) para que, teniendo estas situaciones de atención sobrevenida a menores de edad o mayores a su cargo no institucionalizados, los empleados públicos como deber inexcusable tengan derecho a estos días, sin consumir para ello sus días libres o días de vacaciones.
A este respecto ya se han dirigido a la Dirección General de Función Pública para que el personal dependiente de la Junta de Comunidades y sus organismos autónomos, incluido el SESCAM, tengan de forma inmediata a este permiso, previa regulación, sin tener que acudir, una vez más, a buscar el amparo de los tribunales de justicia, donde ya se les esta dando la razón, a este respecto.
Especialmente gravoso es la situación de los profesionales de la sanidad, profesionales que se encargan de cuidar de nuestros enfermos, pero que luego no pueden atender a sus hijos menores de edad o familiares mayores no institucionalizados a su cargo, en situación de aislamiento domiciliario, sin ver mermados sus derechos.
Para UGT la obligación de cuidar a un hijo confinado por contagio por coronavirus o sospecha de contagio, ha de interpretarse como una norma elemental de prevención de riesgos laborales, así lo entiende sin ir más lejos el Ministerio de Sanidad.
Desde UGT Servicios Públicos Castilla-La Mancha pide por tanto que se regule con carácter urgente este permiso con carácter retribuido para el cumplimiento de tal deber inexcusable o como alternativa, se faciliten las medidas de conciliación o teletrabajo necesarias para garantizar el cumplimiento de dicha obligación.