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SALUD

El TSJCM aprueba las nuevas medidas para frenar el Covid en las residencias de CLM

El TSJCM aprueba las nuevas medidas para frenar el Covid en las residencias de CLM
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Tras el retoque de un texto con el que estuvo en desacuerdo, da luz verde a la nueva redacción

viernes 27 de agosto de 2021, 10:07h

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha dado validez este viernes a las nuevas normas dictadas por el Gobierno regional para frenar el avance del coronavirus en las residencias de mayores. Tras retocar un texto con el que estuvo en desacuerdo en primera instancia, ahora da luz verde a la nueva redacción al no afectar a los derechos fundamentales.

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Así se puede leer en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, que ha publicado una Resolución de la Secretaría General de la Consejería de Sanidad en la que se refleja que ya no es precisa la ratificación de las medidas adoptadas en la nueva redacción del 20 de agosto por no afectar a derechos fundamentales.

Las dos medidas que fueron denegadas son la realización de tests periódicos a los trabajadores de los centros y a quienes ingresen o reingresen en estos, y al aislamiento de aquellas personas que presentaran una clínica sospechosa de Covid hasta la realización de las pruebas pertinentes.

Tras el rechazo en primera instancia del Alto Tribunal castellano-manchego, el Gobierno regional ideó un recurso judicial, si bien el Tribunal Supremo se alineó con la justicia regional y tumbó estas dos premisas.

En esta nueva propuesta de decreto, la Castilla-La Mancha retocó estos dos extremos, dejando como recomendación la obligación de que los trabajadores tuvieran que testarse e imponiendo, por ejemplo, que aquellos empleados que regresen de vacaciones pasarán un tiempo sin poder trabajar con personas residentes no vacunadas.

LAS NUEVAS MEDIDAS

Obligatoriedad en cuanto al uso de la mascarilla para los residentes cuando se encuentren en espacios comunes cerrados, así como en los espacios exteriores si hay un brote en la residencia, respecto a lo cual la detección de un solo caso positivo (trabajador o residente) se considerará un brote a efectos de intervención.

Se mantendrá el régimen de visitas, dos semanales, y en caso de que se produzca un brote en el centro, es recomendable que el visitante haya recibido la pauta completa de vacunación. Además, en cualquier caso, la persona que acuda a un centro sociosanitario de visita no debe presentar un cuadro clínico compatible con coronavirus ni haber estado en contacto estrecho con un caso positivo.

En los centros de día de mayores y personas con discapacidad, servicios de estancias diurnas, centros de mayores y hogares de jubilados, así como Servicios de Promoción de Autonomía Personal, la resolución señala que se promueva la vacunación de los trabajadores y recomienda que a los empleados no vacunados no se les asigne el cuidado de residentes que no hayan completado la vacunación.

Igualmente, es recomendable que durante una semana los trabajadores que regresen de permisos y vacaciones en las que hayan estado más de quince días, no estén en contacto con residentes no vacunadas.

Además, se recomienda realizar una prueba diagnóstica de infección activa (PDIA) semanal a todos los trabajadores vacunados o que hayan pasado la enfermedad en los últimos tres meses, y a los que rechacen la vacuna o no hayan completado la pauta se recomienda control de temperatura diaria y pruebas diagnósticas de infección activa (PDIA) dos veces a la semana.

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