www.lavozdeltajo.com

CONDUCCIÓN

¿Te pueden multar por conducir con chanclas o sin camiseta?

¿Te pueden multar por conducir con chanclas o sin camiseta?
Ampliar

Lo más recomendable es vestir ropa y calzado cómodo a la hora de manejar el volante en verano

miércoles 18 de agosto de 2021, 18:00h

Escucha la noticia

Todos los años surgen noticias relacionadas con las advertencias a los conductores en las que se afirma que está prohibido conducir en chanclas, sin camiseta o con una toalla, bajo la amenaza de una elevada multa. Si bien es recomendable conducir durante el verano con prendas cómodas y que no impidan realizar ninguna maniobra, es cierto que ni el reglamento ni el código de circulación especifican que nos puedan sancionar por conducir con este calzado o vestuario.

Si estás viajando te interesa saber dónde están los radares de la DGT

Leer más

Y es que la ley no prohíbe estrictamente ninguna de estas prácticas, aun así la Dirección General de Tráfico (DGT) argumenta que se trata de un acto peligroso que pone en peligro la circulación. No obstante, la DGT sugiere a través de su cuenta oficial de Twitter vestir con prendas cómodas y mantener una temperatura adecuada en el interior del automóvil.

La temperatura correcta no supera los 23 grados ya que provoca cansancio y somnolencia. A 35 grados, el calor puede provocar síntomas similares a una alcoholemia.

En cuanto a la indumentaria y el calzado, no está recogido específicamente que queda prohibido conducir con chanclas, pero puedes ser multado ‘’por no ser capaz de mantener la libertad de movimientos para controlar bien los pedales’’, señala la Guardia Civil a través de sus redes sociales. Además, la Dirección General de Tráfico también se ha pronunciado sobre este tema en un tweet en el que especifican las normas sobre esta conducta.

Sin embargo, sí puede ser objeto de multa aquella conducción que haga peligrar la seguridad. De esta manera, los artículos 3.1, 17.1 y 18. 1 del código de circulación explican que ‘’ toda acción que impida la conducción segura tanto para el piloto como para el resto de ocupantes del vehículo debe ser sancionada’’.

Concretamente, el artículo 18.1 puntualiza que ‘’el conductor del vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente en la conducción; así como cuidar la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados’’.

En cuanto a la conducción sin camiseta, no está contemplado como una acción sancionable, pero hacerlo podría ocasionar heridas en caso de activarse el cinturón de seguridad o quemaduras por la radiación del sol. Esta conducta dificulta la conducción y puede suponer un mayor problema para el conductor en caso de accidente o avería.

De lo que sí ha alertado la Guardia Civil es de una conducta bastante habitual y que, en este caso, pone en peligro tanto al copiloto como los pasajeros. Se trata de se sentarse en el automóvil con los pies sobre el salpicadero, apoyados y con las rodillas en alto. En este caso, los agentes alertan de que en caso de producirse un accidente una postura incorrecta en el asiento del coche podría empeorar las posibles lesiones.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (2)    No(0)

+
0 comentarios