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ACUERDO

Requisitos: nuevas ayudas por cese de actividad para los autónomos

Requisitos: nuevas ayudas por cese de actividad para los autónomos

Esta quinta prórroga del cese de actividad se aprobó este jueves en un Consejo de Ministros extraordinario, y estarán en vigor hasta septiembre

viernes 28 de mayo de 2021, 17:30h

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El Gobierno de España y las principales organizaciones de autónomos (ATA, UPTA y Uatae) han alcanzado un acuerdo este miércoles para prorrogar la prestación por cese de actividad para los trabajadores por cuenta propia hasta el 30 de septiembre y que no tendrá finalmente restricciones para los autónomos que hayan agotado su periodo de cotización.

Como novedad, se incluyen exoneraciones de las cuotas a las Seguridad Social para todos los trabajadores por cuenta propia que han estado protegidos en el periodo anterior (entre febrero y mayo y que son casi 460.000 personas) durante los próximos cuatro meses.

Ahora, según ATA, la clave está en que este 90% que quedaban hasta ahora excluidos tendrán la posibilidad de pasar a estar acogidos, si lo necesitan, a alguna de las diferentes prestaciones complementarias a la ordinaria.


Según el texto del acuerdo, la prestación por cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia estará disponible, a partir del 1 de junio de 2021, para los autónomos que a 31 de mayo vinieran percibiendo dicha prestación y no hayan agotado los periodos de prestación previstos. Así, podrán continuar percibiéndola hasta el 30 de septiembre, siempre que, durante el segundo y tercer trimestre de este año, cumplan con los requisitos.

El acceso a la prestación exigirá acreditar en el segundo y tercer trimestre de 2021 una reducción de más del 50% de los rendimientos registrados en el segundo y tercer trimestre de 2019, así como no haber obtenido nos rendimientos netos superiores a 7.980 euros en 2021.

Para el cálculo de la reducción de ingresos, se tendrá en cuenta el periodo en alta en el segundo y tercer trimestre de 2019 y se comparará con el segundo y tercer trimestre de 2021.

A través de su cuenta oficial de Twitter, Lorenzo Amor, presidente de ATA, ha publicado un cuadrante en el que se puede observar la forma en la que queda el cese de actividad; tanto ordinario como extraordinario en el periodo desde junio a septiembre de 2021.

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