El Gobierno de Castilla-La Mancha y los Institutos de Medicina Legal de la región han firmado un protocolo para la coordinación de actuaciones ante sucesos con múltiples víctimas, cuya finalidad principal es facilitar el desarrollo de las funciones propias de cada una de las partes.
En concreto, el objeto de este acuerdo, que tiene una validez indefinida, es establecer los mecanismos de coordinación necesarios entre el Protocolo Nacional de Actuación Médico-Forense y de Policía Científica en sucesos con múltiples víctimas y el plan de Protección Civil de ámbito autonómico, facilitando así la adecuada interfase entre los mismos.
En nota de prensa, el Gobierno regional ha informado de que este protocolo afecta al Servicio de Atención y Coordinación de Urgencias y Emergencias 1-1-2 de Castilla-La Mancha, a los organismos, servicios y personal médico-forense y de Policía Científica y al personal del Servicio de Protección Civil implicado en la respuesta ante una emergencia en la región.
El establecimiento de mecanismos de coordinación desde el inicio de una emergencia resulta esencial, ya que el desarrollo de las funciones del dispositivo médico-forense y de Policía Científica puede coincidir en el tiempo con las acciones de respuesta desarrolladas por los servicios de intervención. Por ello, es imprescindible facilitar el desarrollo de las funciones propias de cada una de las partes.
Para la activación de este protocolo se establece como referencia siete víctimas mortales, aunque esta cifra podría variar en función del lugar en el que se haya producido el suceso, las características de las víctimas y el incidente causante de las mismas y el impacto social.
ACTUACIONES DE LAS PARTES IMPLICADAS. En las actuaciones relativas a su aplicación, la Dirección General de Protección Ciudadana asume la responsabilidad, en virtud de lo previsto en el Plan Territorial de Emergencia de Castilla-La Mancha, de la asistencia y albergue de los familiares de los afectados, lo que incluiría asistencia psicológica, alojamiento, manutención y traslados de unas instalaciones a otras (albergue/depósito de cadáveres).
Por su parte, la disponibilidad del material necesario para llevar a cabo las labores de identificación de los fallecidos es, en principio, responsabilidad de los Institutos de Medicina Legal. No obstante, y ante las especiales circunstancias que se presentan en estas situaciones, podrá ser aportado, en relación a las posibilidades existentes, por los diferentes organismos e instituciones afectados.
En el protocolo se detallan, asimismo, los criterios de coordinación, tanto a nivel operativo como directivo, además del tratamiento de la información en sucesos con múltiples víctimas.