Este viernes entrarán en vigor las restricciones aprobadas en el Consejo Interterritorial para hacer frente a la pandemia de Covid-19 durante la Semana Santa, hasta el sábado, 10 de abril.
TOQUE DE QUEDA. La limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno comenzará a las 23.00 horas y finalizará a las 7.00 horas del día siguiente.
MOVILIDAD. Se restringe la entrada y salida de personas del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, se limitará la permanencia de grupos de personas a un máximo de cuatro en espacios públicos cerrados y seis en espacios públicos abiertos, salvo que se trate de convivientes. En espacios privados las reuniones se limitarán a convivientes.
No estarán incluidas en la limitación prevista en este artículo las actividades laborales e institucionales ni aquellas para las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable.
Según la última actualización del estado de alarma del 11 de noviembre de 2020, si se produce un cierre perimetral solo se podrá salir o entrar de dicho territorio por los siguientes motivos:
Salud: asistir a centros, servicios y establecimientos sanitarios. Trabajo: cumplir obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales. Educación: asistir a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil. Retornar al lugar de residencia habitual o familiar. Cuidados: asistir y cuidar a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables. Bancos y gasolineras: desplazarse a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes, actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales. Renovar permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables. Realizar exámenes o pruebas oficiales inaplazables. Emergencia: causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada. Legales: actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales. Otros: cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada
REUNIONES. En lugares de culto, se limita la permanencia de personas en espacios cerrados mediante la fijación del 40% de aforo y en cuanto a lugares de culto en espacios al aire libre se deberá garantizar la distancia de seguridad interpersonal y el resto de la normativa higiénico sanitaria sobre prevención y contención del COVID-19, no debiendo superar el número máximo de cien personas.
Este decreto entrará en vigor a las 00.00 horas del día 26 de marzo de 2021 y mantendrá su eficacia hasta las 00.00 horas del día 10 de abril de 2021.
CONTROLES. El delegado del Gobierno de España en Castilla-La Mancha, Francisco Tierraseca, ha presidido una reunión del Centro de Coordinación Regional (CECOR) para perfilar el dispositivo de control y vigilancia que garantice el cumplimiento de las medidas sanitarias acordadas durante los días de Semana Santa.
“El despliegue contempla también el refuerzo de las acciones concretas que, desde hace más de un año, realizan las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para proteger a los colectivos más vulnerables frente a la crisis sanitaria, que estarán también atentas a cuanta acción de carácter humanitario sea necesario realizar en las próximas fechas”.
Tanto el jefe superior de la Policía en Castilla-La Mancha como el general de la Guardia Civil, presentes en la reunión, han acordado mantener el nivel de presencia que corresponda para asegurar que se cumplen los límites de movilidad, horarios de circulación nocturnos y número de personas reunidas en espacios públicos.