El Juzgado de Instrucción número 2 de Talavera de la Reina ha decretado la apertura de juicio oral contra el exalcalde de Cazalegas, Amando Blanco Carrasquilla, acusado de cuatro delitos contra la integridad moral a sendos agentes de la Policía Local.
Al exalcalde se le pide una pena de cuatro año de prisión e inhabilitación especial para empleo o cargo público de 2 años.
En el auto del Juzgado -fechado el pasado 10 de septiembre-, al que ha tenido acceso este medio, el tribunal ratifica la libertad provisional del acusado Amando Blanco aunque le ordena que abone una fianza de 32.000 euros para hacer frente a las posibles responsabilidades monetarias a las que pudiera ser condenado.
4 AÑO DE CÁRCEL, ORDEN DE ALEJAMIENTO...
La Fiscalía pide que se le imponga al acusado la pena de 12 meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por cada uno de los cuatro delitos cometidos, así como se solicita el alejamiento respecto de los Policías Locales, con prohibición de acercarse a menos de 100 metros y de comunicarse con ellos por cualquier medio durante 3 años; y que se le condene a que indemnice a cada uno de los agentes en la cantidad de 6.000 Euros por los daños morales (más intereses del art. 576 LEC) y al pago de las costas del procedimiento.
En el auto se declara como órgano competente para el conocimiento y fallo de la presente causa al Juzgado de lo Penal número 3 de Toledo, con sede en Talavera de la Reina.
CONDENADO EN 2015
El exalcalde de Cazalegas fue condenado en 2015 como autor responsable de un delito de prevaricación en comisión por omisión, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de siete años de inhabilitación especial para empleo o cargo público, así como el abono de las costas de este procedimiento, incluidas las de la acusación particular.
En la sentencia se prueba cómo la Policía Local de Cazalegas formuló 17 boletines de denuncias y que el entonces alcalde, Amando Blanco, omitió la tramitación de los expedientes asociados a las denuncias, provocando la caducidad y archivo de los mismos.
Para ello, en algunas ocasiones, evitó dar inicio a los propios expedientes sancionadores no firmando las resoluciones que así lo acordaban y, en otras ocasiones, aún firmando lo hizo fuera del plazo legalmente previsto para su notificación a las personas denunciadas. En la sentencia se dicta que Amando Blanco mantenía con los denunciados relación de amistad, familiar o de afinidad política.