El Gobierno y las comunidades autónomas van a acordar este miércoles, en el seno de Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), limitar la entrada y salida en las comunidades y ciudades autónomas durante las navidades, así como un máximo de 10 personas en las reuniones.
Así se establece en el 'Acuerdo por el que se prevén medidas de salud pública frente a Covid-19 para la celebración de las fiestas navideñas', al que ha tenido acceso Europa Press y que será aprobado esta tarde. Además, el toque de queda los días 24 y 25 de diciembre, Nochebuena y Nochevieja, se fija a las 1.30 horas máximo. Si ese acuerdo sobre las medidas se vota, sería de obligado cumplimiento.
MOVILIDAD
Entre el 23 de diciembre de 2020 y el 6 de enero de 2021, las comunidades autónomas y ciudades autónomas harán efectiva la limitación de la entrada y salida en las comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de autonomía (...) salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, así como para los desplazamientos a comunidades o ciudades autónomas que sean lugar de residencia habitual de familiares o allegados del desplazado, cumpliéndose en todo momento los límites a la permanencia de grupos de personas que sean eficaces en cada comunidad autónoma y ciudad autónoma.
A los estudiantes que vayan a regresar a casa para las vacaciones, se recomienda que limiten las interacciones sociales y extremen las medidas de prevención los 10 días antes. Una vez en casa, se recomienda limitar los contactos, respetar su burbuja de convivencia e interactuar sobre todo al aire libre, en lugar de en el interior.
REUNIONES
Las comunidades autónomas y ciudades autónomas preverán que los encuentros familiares o con allegados para celebrar las comidas y cenas navideñas de los días 24, 25 y 31 de diciembre de 2020 y del 1 de enero de 2021 queden condicionados a que no se supere el número máximo de diez personas, salvo que se trate de convivientes.
TOQUE DE QUEDA
En las noches del 24 al 25 de diciembre y del 31 de diciembre a 1 de enero, las comunidades y ciudades autónomas harán efectiva la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, pudiendo determinar que la hora de comienzo de esta limitación comience, a más tardar a las 1:30 horas, únicamente para permitir el regreso al domicilio.
HOSTELERÍA
Los establecimientos hosteleros seguirán las normas de aforo y prevención, así como el resto de restricciones vigentes en cada comunidad y ciudad autónoma. En particular, en el interior, se garantizará una adecuada ventilación natural o mecánica. Se recomienda reforzar el mensaje de hacer uso de la mascarilla cuando no se esté comiendo ni bebiendo y se evitará comer del mismo plato.
Puedes consultar el documento aquí.