La Ley SUMA contempla 60 innovaciones, “que han sido fruto del trabajo de muchas personas”, dijo el consejero de Fomento, Nacho Hernando durante su presentación hace un mes. Se trata de una de las joyas de la corona de la Consejería de Fomento de cara a revitalzar la región.
En dicha presentación, a la que acudieron -además del propio Hernando- el presidente de Castilla-La Mancha, Emiliano García-Page, el presidente del Grupo Parlamentario Socialista, Fernando Mora, y del Grupo Ciudadanos, Alejandro Ruiz, se puso en valor el trabajo conjunto para sacarla adelante. Precisamente, uno de los artífices de SUMA es el director general de Planificación Territorial y Urbanismo, José Antonio Carrillo, que también es concejal de urbanismo en el Gobierno de Tita García Élez en Talavera de la Reina.
UNIDAD
La Ley contó con el apoyo de todos los grupos políticos durante la toma en consideración de la misma. Una ley que tiene tres objetivos: dinamizar la economía gracias a una simplificación y agilización de trámites; incrementar la oferta de vivienda asequible y desbloquear o reactivar solares abanados; y abordar el reto demográfico y potenciar el desarrollo de pequeños municipios.
Esta ley es fruto del acuerdo entre Ciudadanos y el Gobierno de Castilla-La Mancha.
LEY SUMA
La Ley SUMA prevé la potenciación de la comunicación previa y la declaración responsable. De esta manera, se amplía su ámbito de aplicación a nuevos escenarios y contempla que el promotor de las actuaciones como obras menores, primeras ocupaciones e instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo podrá iniciarlas a partir del día siguiente y si no hay ningún inconveniente que se le comunique por parte de la administración.
Además, y en lo que respecta al nuevo régimen de autorización provisional, podrán autorizarse en el suelo rústico, en el urbanizable y en el urbano no consolidado sujeto a actuación urbanizadora, mediante licencia urbanística y previo informe favorable de las comisiones de Ordenación del Territorio y Urbanismo, usos u obras justificadas de carácter provisional y desmontables. Se pueden acoger a este tipo de autorizaciones actividades económicas como ferias o alojamientos para personal temporero, también pueden ser utilizados de manera temporal y esporádica para instalar mercados ambulantes o para desarrollar actividades de ocio, deportivas, recreativas, culturales, aparcamientos públicos y actividades empresariales cuando no lo prohíba el planeamiento.
Además, se introduce un bloque de medidas para hacer que la región sea más atractiva para el sector industrial y logístico. En este sentido, se plantea la posibilidad de innovar los programas de actuación urbanizadora, para abordar la adecuación a las necesidades y demandas que pueden sobrevenir durante su ejecución; también se innova la regulación de los aparcamientos exigidos en los polígonos industriales. En paralelo, se flexibiliza el régimen de las zonas verdes en polígonos industriales, para ello, se plantea también un diseño particularizado de cada actuación.
La ley también modifica la regulación de las reservas de suelo dotacional de los planes de delimitación de suelo urbano, entre otras medidas.
La Ley SUMA plantea la potenciación de la vivienda asequible y prevé la posibilidad de reconversión de suelos o promociones que iban a ser destinadas a vivienda protegida para hacer vivienda libre más asequible siempre que no haya demanda de la protegida. Esto será posible siempre y cuando el propietario se comprometa a solicitar licencia urbanística de obras en el plazo máximo de doce meses para “reactivar promociones y solares sin construir, pero con las medidas necesarias para evitar que sea con un fin especulativo”, ha asegurado el consejero de Fomento.
Asimismo, se establece la posibilidad de eximirse de la obligación de reserva para construcción de vivienda protegida, a los municipios de más de 50.000 habitantes si en tres de los últimos cuatro años presentan disminución de su población o cuando hayan perdido población según el dato acumulado de los últimos seis años. Para los municipios con más de 5.000 habitantes y menos de 50.000 habitantes, la reserva responderá a la demanda del registro; y para los municipios de menos de 5.000 habitantes no será obligatorio realizar esta reserva de suelo para “evitar cortapisas al desarrollo de otra serie de actuaciones propias del ámbito rural”, tales como pueden ser las viviendas de carácter estacional y las turísticas.
Asimismo, la Ley SUMA modifica la fiscalidad existente, de tal manera que permite que los pequeños municipios ofrezcan una menor fiscalidad a proyectos inversores, y que los ingresos generados en los grandes proyectos urbanísticos de las zonas urbanas se puedan destinar a inversiones y programas de lucha contra la despoblación.
También plantea la potenciación de la vivienda asequible y prevé la posibilidad de reconversión de suelos o promociones que iban a ser destinadas a vivienda protegida para hacer vivienda libre más asequible siempre que no haya demanda de la protegida.
Por último, se toman medidas para “simplificar el urbanismo en nuestro medio rural que de cara a las posibles inversiones nuestras administraciones sean más agiles, independientemente de su tamaño.