El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha denegado en un auto la ratificación de las medidas acordadas por la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por la que se establecen medidas preventivas en determinados municipios de la región en ejecución de la Orden del ministro de Sanidad por la que se aprueban actuaciones coordinadas en salud pública.
El fallo -dictado a poca horas del puente del Día de la Hispanidad- era esperado para saber si sería posible sancionar los incumplimientos a la prohibición de entrar y salir de los municipios con alta tasa de contagio y fuerte presión sanitaria.
En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados precisan en su resolución que "se está ante un marco legal que difiere sustancialmente del que fue objeto de análisis, coincidiendo con la ratificación de las medidas sobre áreas sanitarias, de 24 de septiembre y 1 de octubre".
Explica el auto que "resulta llamativo que ante el escenario sanitario descrito no se abordará una reforma de nuestro marco normativo más acorde con las confesadas necesidades de combatir eficazmente la pandemia del Covid-19 y afrontar la grave crisis sanitaria que padece el país". Y que una limitación de los derechos fundamentales de los ciudadanos debe venir refrendada por las cortes y no a través de una Ley como la de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud.
De esta manera, quedan anuladas las restricciones de movilidad en los municipios afecta a Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Torrejón de Ardoz, Móstoles, Parla y Madrid, que se aprobaron en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, que se comenzó a aplicar el 2 de octubre, y que alcanza a unos cinco millones de personas
(Habrá ampliación)