Si aún no conoces cuáles son las medidas especiales que ha ordenado la Consejería de Sanidad, ante la proliferación de casos por infección de coronavirus, en Talavera de la Reina, su comarca y toda la provincia de Toledo, aquí te las detallamos para que puedas actuar en consecuencia de cara a evitar los contagios.
Bares, restaurantes y establecimientos de hostelería similares: Aforo reducido al 50% del máximo establecido previamente para consumo en el interior del local.
Terrazas de bares y restaurantes: Aforo reducido al 75 por ciento del máximo que tuvieran establecido previamente, distancias de seguridad y no más de 10 personas en grupo.
Centros de Día y Servicios de Estancias Diurnas: Se suspende cautelarmente la actividad.
Residencias de Mayores, Viviendas Tuteladas de Mayores y Centros Sociosanitarios: Supresión de visitas sociales. La entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario. No se permitirán salidas de residentes.
Actividades religiosas de ámbito social: Limitación de aforo al 50% de su capacidad habitual, con las medidas de distanciamiento interpersonal.
Velatorios y cortejos fúnebres: Se restringe el número de personas a un máximo de 10.
Eventos sociales tales como bodas y bautizos: Se restringe el número de personas a un máximo de 25.
Eventos deportivos promovidos por Ayuntamientos, asociaciones, peñas o particulares: Suspensión de asistencia de público. Se podrá valorar su autorización en el caso de realizarse sin asistencia de público.
Cines, teatros, auditorios, bibliotecas, museos y visitas a monumentos: Aforo máximo del 50%.
Hoteles: sólo contratar el 75% de su capacidad. Uso de sus zonas comunes limitado en su aforo al 50%.
Mercadillos y mercados al aire libre: máximo del 30% de los puestos habitualmente autorizados.
Supermercados y centros comerciales: límite de aforo al 50%, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.
Se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo u convivencia estable. Asimismo, se pide que los encuentros sociales se limiten a un máximo de 10 personas incluyendo convivientes.
Todas estas medidas se aplicarán durante 14 días (hasta el 22 de septiembre), pudiendo prorrogarse hasta 28 días en función de la evolución epidemiológica de la enfermedad.
Si las circunstancias epidemiológicas y la evolución de la epidemia reflejaran un empeoramiento de la situación, se adoptarían medidas complementarias a las establecidas en este documento.