El juzgado obliga a la Junta
A implantar “sin más dilación” medidas básicas para la seguridad de los agentes medioambientales y condena a la Administración a cumplir de una vez los requerimientos formulados en mayo de 2016 por la Inspección de Trabajo, que la consejería de Agricultura burló durante casi cuatro años.
domingo 01 de marzo de 2020, 16:00h
Los incumplimientos se remontan a 2011. La Administración lleva desde entonces sin proporcionar a los Agentes ni la formación obligatoria ni instrucciones precisas para hacer frente a situaciones de riesgo de acoso o violencia externa, a menudo en solitario y frente a individuos o grupos de personas armadas; y sin garantizar tampoco la confidencialidad de sus datos personales. Afortunadamente, en CLM no hemos tenido que lamentar durante todo este tiempo hechos luctuosos que, por desgracia, sí han sucedido en otros lugares de España. De haber ocurrido aquí, ¿cuáles y de quiénes hubieran sido las responsabilidades? La propia sentencia nos remite al procedimiento penal cuando las hemos apuntado en nuestra demanda. Esta es ya la cuarta sentencia que condena al Gobierno de CLM por poner en riesgo la seguridad de los AAMM, todas ellas instadas y ganadas por CCOO, tres en primera instancia y otra en el TSJ CLM.
El juzgado de lo Social de Toledo ha ordenado al Gobierno de CLM “cumplir sin más dilación” las medidas preventivas para garantizar la seguridad de los agentes medioambientales que le instó a implantar la Inspección de Trabajo en 2016; requerimiento firme que la consejería de Agricultura se pasó años burlando. Los incumplimientos de la consejería ahora condenados se remontan a 2011, dirigida entonces por María Luisa Soriano (PP). Tras advertir reiteradamente a la Administración que se estaba exponiendo a graves riesgos a los agentes, y ante la inacción de la consejería, CCOO acudió en mayo de 2014 a denunciar la situación ante la Inspección de Trabajo. La Inspección (ITSS) constató “los incumplimientos sistemáticos” en que venía incurriendo la consejería y en junio de 2016, ya con Francisco Martínez Arroyo (PSOE) como consejero, instó a corregirlos en el plazo de seis meses. En septiembre, emitió un nuevo requerimiento tras comprobar que documentación que había remitido la Administración para intentar aparentar el cumplimiento del requerimiento anterior incidía en falsedades. En abril de 2017, cuatro meses después de vencer todos los plazos, la Inspección volvió a constatar que la consejería seguía sin cumplir, más que de forma parcial, los requerimientos reiteradamente formulados. Y dos años y medio más tarde, ya en octubre de 2019, en respuesta a la nueva denuncia planteada por CCOO, la Inspección emitió un demoledor Informe-Denuncia “del que se concluye que la Administración demandada no ha dado cumplimiento a los requerimientos de la ITSS realizados en septiembre de 2016, pese al tiempo transcurrido”. Así lo destaca sentencia, que da por probados todos los hechos denunciados por CCOO y constatados en los sucesivos informes de la ITSS; rechaza todas las alegaciones de la JCCM y condena “a la Administración demandada a dar correcto cumplimiento, sin más dilaciones que las debidas a la preparación de las actuaciones tendentes a la contratación de los servicios que se precisen, a las medidas preventivas requeridas por la ITSS”. En concreto, el magistrado-juez ordena a la JCCM que “proceda a impartir la formación necesaria a los AAMM a fin de reducir al mínimo posible el riesgo de violencia”; “a adoptar medidas eficaces para garantizar la confidencialidad de los datos personales de los AAMM”; y “a cumplir con las medidas preventivas propuestas por el servicio de prevención, y concretamente las referidas a la realización de trabajos aislados y tareas que puedan ocasionar un acoso o violencia externa”. Tanto la ITSS como la sentencia afean a la Consejería tanto haber eludido durante años los requerimientos de la Inspección como los subterfugios con los que trató de aparentar el cumplimiento; y finalmente los argumentos inverosímiles con los que trató de justificarse. Así, cuando la ITSS calificó de “deficientes”, “contradictorios” y hasta “ilógicos” los ‘Protocolos de actuación de los AAMM frente a riesgos derivados del trabajo aislado o violencia externa’ implantados por la consejería, la Administración terminó por reconocer que encargó su elaboración a “empleados públicos sin formación preventiva.” Y cuando la Inspección constató que la consejería publicaba permisos de caza “en los que se identifica con nombres y apellidos a los AAMM que van a llevar el control”, la consejería lo achacó a “errores humanos”. CCOO-FSC valora el trabajo de la ITSS y valora esta sentencia, pero lamenta profundamente haber tenido que acudir una vez más a los juzgados. Esta es ya la cuarta condena judicial al Gobierno de CLM por poner en riesgo la seguridad de los AAMM, todas ellas instadas y ganadas por CCOO, tres en primera instancia y otra en el TSJ-CLM. “Ojalá la Administración hubiese atendido los requerimientos de la Inspección, como era su obligación, en vez de tratar de aparentar el cumplimiento, o directamente de eludirlo, sin consideración alguna para la seguridad de los AAMM”, indica Ramón González, coordinador del Sector Autonómico de CCOO-FSC CLM. “Contra la sentencia cabe recurso de Suplicación ante el TSJCLM; recurso que esperamos que el Gobierno de CLM se cuide de presentar y nos ahorre así a todos tiempo y dinero. Se trata ni más ni menos que de cumplir la Ley para evitar que los AAMM sigan afrontando en sus tareas cotidianas todo tipo de riesgos, especialmente graves en un colectivo expuesto a acoso y violencia externa, incluso a menudo frente a personas armadas, como recalcan la ITSS y la sentencia.” “Afortunadamente, en CLM no hemos tenido que lamentar hasta ahora hechos luctuosos que sí han sucedido en otras comunidades de España. De haber ocurrido aquí, de haberse producido algún suceso mortal o irreversible durante todo el tiempo en que la consejería de Agricultura ha burlado los requerimientos de la ITSS, Cuáles y de quiénes hubieran sido las responsabilidades?” “La propia sentencia del juzgado de lo Social nos remite al procedimiento penal cuando las hemos apuntado en nuestra demanda”, apunta González. “Confiamos en que el equipo ahora responsable del colectivo de AAMM, transferido de la consejería de Agricultura a la de Desarrollo Sostenible, cambie radicalmente la forma de actuar de sus predecesores.”