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CCOO logra que los tribunales reconozcan como accidente laboral la muerte de un trabajador por infarto de camino a casa |
La Justicia reconoce como accidente laboral la muerte de un trabajador por infarto de camino a casa
jueves 30 de noviembre de 2017, 13:57h
La secretaria provincial de CCOO, Carmen Juste, y la responsable de la Asesoría Jurísdica de CCOO, Encarna Tarancón, han dado a conocer tres "importantes" sentencias, entre ellas, el reconocimiento como accidente laboral de un fallecimiento por infarto de un trabajador cuando regresaba a casa.
La víctima trabajaba como jardinero y ya durante esa jornada había mostrado que no se encontraba bien, como declararon sus compañeros en el juicio, al que se acudió porque, como ha explicado Tarancón, la Seguridad Social reconoció la pensión de viudedad a su mujer "pero no consideró que la muerte derivaba de un accidente de trabajo", con lo que la prestación hubiera sido mayor.
Además, la mutua, por su parte, alegó que "no podía ser accidente de trabajo una insuficiencia cardíaca sufrida cuando iba por la calle a casa, máxime cuando ya padecía de dolencias cardiacas previas", argumentos ambos por los que la Sala de lo Social desestimó la demanda, que finalmente se recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que dio la razón al sindicato.
"Es importante que se sepa que tener una dolencia cardiaca no puede ser no considerado accidente laboral si se produce en el transcurso de la jornada laboral", ha insistido Tarancón.
El segundo caso dado a conocer desde CCOO es el de una trabajadora de la Universidad Popular de Albacete a la que el Juzgado de lo Social le ha reconocido su condición de trabajadora fija no indefinida, cuando estaba como interina desde hacía años, "situación en la que están muchos trabajadores de la Universidad Popular, el Instituto Municipal de Deportes y las Escuelas Infantiles", ha defendido Juste.
Tarancón, de hecho, ha dado a conocer que el sindicato tiene planteadas "alrededor de 75 demandas" de trabajadores de estos organismos autónomos que se encuentran en la misma situación, desempeñando una actividad "de carácter estable y deben ser considerados como indefinidos".
La norma, ha explicado la responsable de la Asesoría Jurídica, dice que "con más de tres años con contrato de interinidad en la Administración pública tienen que ser considerados como trabajadores indefinidos no fijos" y las administraciones "no pueden escudarse", ha indicado Tarancón que ha sido el argumento del tribunal, "en que haya una decisión de limitación presupuestaria" para incumplir la normativa laboral.
"La importancia de este logro --ha añadido carmen Juste por su parte-- es que, en caso de ser despedidos, la indemnización que van a percibir es mayor si son indefinidos no fijos que si son interinos".
Por último, las responsables de CCOO han difundido también una sentencia de este año del Tribunal Superior de Justicia, al que se recurrió tras no ser lograda la razón en el Juzgado de lo Social, hacia una mujer a la que se le reconoce la pensión de viudedad por la muerte de su marido, del que estaba separada.
Esta prestación, ha apuntado Encarna Tarancón, se reconoce a alguien que pierde al cónyuge, y también a quienes se han separado o divorciado y el cónyuge fallece, siempre que, en este último caso, estén percibiendo una prestación compensatoria derivada de sentencia de separación o divorcio.
"Hay una excepción --ha comentado la abogada- y es que, aunque no tengan pensión compensatoria, tengan reconocido haber sido víctimas de violencia de género", pero en el caso de esta mujer, no tenía nada, estaba divorciada, sin pensión compensatoria y sin documento que le reconociera haber sufrido malos tratos por su marido, algo que sí había ocurrido.
Gracias a un parte de lesiones y a una denuncia que interpuso a su marido por malos tratos, y a la declaración de testigos, se pudo argumentar ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha que había sido víctima y, "aunque todo eso, conforme a la Ley, no son requisitos suficientes, los tribunales han reconocido que la violencia de género se podía admitir aunque no hubiera un documento expreso".
Por ello, Encarna Tarancón ha instado a todas las personas que se vean "en esa situación" a solicitar su pensión de viudedad a la Seguridad Social y, a acudir al sindicato, si se encuentran con problemas.