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El Juzgado de Talavera da la razón a nuestro director y desaprueba a Fernando Presencia

El Juzgado de Talavera da la razón a nuestro director y desaprueba a Fernando Presencia
jueves 20 de julio de 2017, 17:49h

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La magistrada del Juzgado número 2 de Talavera de la Reina, Mª Soledad Losana de los Reyes, decretaba el pasado 6 de julio un auto en el que acordaba el sobreseimiento libre y el archivo de las diligencias respecto de la denuncia que había presentado el juez suspendido Fernando Presencia contra nuestro director, Alberto Retana –defendido por el letrado Javier Piñas Fernández–, por haber publicado una entrevista en nuestro medio de comunicación y en la que –según el magistrado apartado de la profesión– se habría cometido presuntamente “obstrucción a la Justicia”, algo que la titular del número 2 y también la fiscalía provincial no han estimado en ninguna manera.

En esa entrevista, realizada al abogado del fiscal jefe de la Ciudad de la Cerámica, según asegura el Juzgado “El hecho de 'anunciar en la prensa la posibilidad de interponer una querella, en contestación a un gran número de noticias anteriores publicadas sobre el mismo asunto, no puede, si quiera remotamente, ser entendido como una intimidación, tal y como pretende el denunciante. A mayor abundamiento, escaso sustento tienen los hechos denunciados, pero aún más escaso, por no decir nulo sustento, tienen los argumentos de la denuncia para implicar a las personas frente a las que se dirige la misma. Por más que se lee en diversas ocasiones la denuncia no se vislumbra ni divisa cual es la participación en los hechos de D. Alberto Retana, periodista que en legítimo ejercicio de la libertad de prensa y de expresión, constitucionalmente amparado en el artículo 20, se limita a publicar la entrevista concedida a un abogado”, textualmente.

Continúa la magistrada del Juzgado número 2 en la misma tesitura respecto a los otros dos denunciados por Presencia, los abogados Francisco Javier González de Rivera Rodríguez y Victoriano De la Cruz Del Valle. En el caso del primero argumenta que “como abogado se limita a conceder una entrevista en la que anuncia la posible presentación de una querella contra el denunciante. Lo que sí parece subyacer en la intención del magistrado denunciante es mostrar una nueva versión de la ‘querella a la catalana"’ es decir denunciar con el fin de entorpecer la investigación de un caso, o crear barullo procesal. Los más mínimos presupuestos de seguridad jurídica desaconsejan dotar de recorrido a denuncias tan carentes de contenido y con tan poca base jurídica como la que nos ocupa. Una denuncia así ni siquiera mereciera el poco recorrido que el procedimiento ha tenido, declarando como investigados tres personas sin base ni sustento, no ya jurídico, ni siquiera racional”.

Respecto del tro abogado denunciado, Mª Soledad Losana de los Reyes afirma que “Tampoco se encuentra el encaje de la participación de D. Victoriano De La Cruz Del Valle, quien ni ha concedido entrevista alguna ni tampoco ha publicado noticia alguna. Podría llegar a pensarse que el único motivo de que aparezca como denunciado es 'que pasaba por allí'".

Cabe destacar también que en el momento concreto de la apertura de diligencias y toma de declaración de los denunciados en el Juzgado, Fernando Presencia ni siquiera se presentó en la sede judicial. En definitiva, y citando numerosa jurisprudencia del Tribunal Supremo, la magistrada de Talavera ha decretado “EL SOBRESEIMIENTO LIBRE Y EL ARCHIVO DE LAS PRESENTES DILIGENCIAS, sin perjuicio de las acciones civiles que, en su caso, puedan corresponder al perjudicado”.





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