La Audiencia provincial de Toledo ha condenado a C.C.L., el acusado de abusar sexualmente de forma continuada en Toledo de J.V.M.E, una de las hijas de su mujer, y N.C.R., otra joven con la que convivía junto a su madre en el mismo domicilio, a una pena de doce años de cárcel por dos delitos de abuso sexual y a pagar una indemnización de 6.500 euros así como las costas del juicio.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, condena a C.C.L. a diez años de prisión por un delito de abuso sexual continuado sobre la primera menor, a la prohibición de aproximarse o acercarse a menos de trescientos metros y de comunicarse con la misma por un periodo de diez años y a pagarle una indemnización de 6.000 euros.
Asimismo, condena a C.C.L. a la pena de dos años, con la prohibición de aproximarse a la segunda menor y a establecer comunicación con la misma por un periodo de dos años y a pagarle una indemnización de 500 euros.
PLENA CREDIBILIDAD A LAS VÍCTIMAS
La Sala entiende que "existe prueba suficiente para la incriminación del acusado, en cuanto se otorga plena credibilidad a las declaraciones de ambas víctimas, en el relato homogéneo que han realizado respecto de los delitos que las tuvieron como sujetos pasivos".
De los delitos mencionados, uno de abusos sexuales simples, luego carnales con penetración vaginal y anal, de carácter continuado; y otro abuso de carácter simple, con distintos sujetos pasivo, resulta criminalmente responsable C.C.L., en concepto de autor, "por la participación directa, material y voluntaria que tuvo en su respectiva ejecución".
"Conocido es que en los delitos como los abusos sexuales, sin o con penetración anal y vaginal no suelen existir otros elementos de prueba que las versiones dadas por la víctima y el procesado, pues lo lógico es que no existan testigos presenciales", ha asegurado la sala.
En los hechos que se enjuician --en los que existen dos sujetos pasivos diferentes-- la sala señala que el abuso sexual se ha producido, pues así lo reconoce el acusado, pues en su declaración asumió los "tocamientos" y luego los "múltiples e indiscriminados yacimiento carnales".