La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Ciudad Real ha condenado a diez años de prisión a J.H.G., la mujer de nacionalidad francesa a la que un jurado popular consideró culpable de matar a su amante en julio de 2015 en Manzanares (Ciudad Real).
Según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, y que se fundamenta en el veredicto que emitió el jurado popular considerando por unanimidad a la mujer de un delito de homicidio, se ha decidido imponer la pena mínima para un delito de homicidio teniendo en cuenta la agravante de responsabilidad penal de parentesco y la atenuante de responsabilidad penal de arrebato u obcecación.
En este sentido, el tribunal sostiene que, aunque la Fiscalía había solicitado 12 años de prisión y la acusación particular 15, "entendemos que siendo el arco penológico de 10 a 15 años, y pese a la solicitud de las partes de que se impusieran la pena de 12 años de prisión, se estima que no existe circunstancias adicionales para imponer una pena superior al mínimo, esto es de 10 años de prisión".
La sentencia considera probado que sobre las 00.30 horas del 7 de julio de 2015, en el patio de la entrada del domicilio sito en Manzanares, J.H.G. apuñaló en el pecho al que era su amante con un cuchillo de 17 centímetros "con el propósito de quitarle la vida".
Respecto a la responsabilidad civil, la jueza ha determinado que la mujer debe abonar una indemnización de 207.06335 euros al hijo, menor de edad, de su víctima, mientras que considera que no es necesario imponer una medida de prohibición de acercamiento y comunicación de la mujer con el hijo de su víctima al sostener que, pese a la gravedad de los hechos, ella no es una persona "especialmente violenta" y que entre ellos existe "escasa o nula" relación.