En la última sesión de la Junta de Gobierno Local se tomó conocimiento de la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Refuerzo que rechazó el recurso que la empresa Isolux Corsán, adjudicataria del servicio de aparcamiento de los subterráneos de Pío XII y los Jardines del Prado, había interpuesto contra el Ayuntamiento para que éste abonara la cantidad de 800.000 euros. La firma, a la que ya rechazaron el recurso administrativo en el Ayuntamiento, solicitaba esta cantidad alegando un equilibrio económico y financiero.
Según explicó la portavoz municipal, María Rodríguez, este recurso solo afecta al de Pío XII, e Isolux Corsán lo basaba en que habían obtenido pérdidas y “no les salían los números”. El recurso lo desestimaron primero los informes técnicos y jurídicos del Consistorio y ahora también por el juzgado.
Rodríguez insistió en que no existe “ninguna vinculación contractual” entre la empresa y al Ayuntamiento y manifestó que Isolux en sus alegaciones criticaba que la gente no aparcaba en sus instalaciones porque había más zonas de aparcamiento en la ciudad, tanto gratuitas como de pago. Sin embargo, los servicios técnicos y jurídicos entendieron que “esas condiciones ya existían al inicio del contrato, por lo que lo fácil era no haber concurrido a la licitación”.
También mantienen abierto otro recurso idéntico por el párking de los Jardines del Prado, cuya sentencia llegará en breve y por el que también han solicitado el pago de alrededor de otros 800.000 euros.