REGIÓN

Sanidad y Asuntos Sociales da un importante impulso a la atención profesional de los dependientes

El objetivo de esta norma es garantizar que las personas con dependencia tengan una atención profesional

Redacción La Voz del Tajo | Miércoles 23 de abril de 2014
La Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales va a dar un impulso importante a la atención profesional de los dependientes de Castilla-La Mancha, a través de una nueva norma que se va a publicar próximamente. Esta orden regulará las prestaciones y servicios que pueden recibir las personas en situación de dependencia, y responde a la necesidad de adaptar la normativa regional a los acuerdos de agosto de 2012 del Consejo Territorial de Dependencia y Servicios Sociales y a otra normativa estatal, el Real Decreto 20/2012 de 13 de julio.

Así lo ha manifestado hoy en Guadalajara el director general de Mayores, Juan José García Ferrer, al término de la reunión mantenida con la presidenta de la Federación Provincial Alcarreña de Jubilados, Pensionistas y Tercera Edad, Carmen Hombrados, a la que ha presentado el texto final de esta normativa.

Según ha explicado García Ferrer, gracias a esta orden un millar de personas con dependencia moderada, que habían perdido sus derechos, podrán acceder a un servicio de atención domiciliaria. Son todas aquellas personas que pasaron a ser dependientes moderados tras una revisión de su situación y que, conforme a la ley estatal, se consideraba que no había obligación de atenderles hasta julio de 2015.

García Ferrer ha asegurado que esta norma va a establecer las distintas prestaciones económicas y servicios que pueden recibir las personas en situación de dependencia: el número de plazas en residencias, centros de día, la ayuda a domicilio, los servicios para la prevención de la dependencia, los de promoción de la autonomía personal, la contratación de un asistente personal y el apoyo económico para el cuidado en el entorno familiar. La norma incluye una innovadora regulación de los servicios de prevención de la dependencia y promoción de la autonomía personal.

El director general de Mayores, Discapacidad y Personas Dependientes ha indicado que a partir de ahora “las prestaciones económicas para que las personas dependientes sean atendidas por vecinos o familiares serán excepcionales, tal y como ya establecía la Ley de Dependencia en 2006, e incompatibles con otras prestaciones económicas o servicios.”

Sanidad y Asuntos Sociales ha hecho “una apuesta por la atención profesional a las personas dependientes, estableciendo en esta norma los criterios de idoneidad para ser cuidador”, ha asegurado García Ferrer.

El director general ha explicado, asimismo, que la Consejería va a mantener el mismo número de horas de ayuda a domicilio a todos los grandes dependientes, a pesar de que el acuerdo del Consejo Interterritorial contempla que se reduzca su intensidad más de un 20 por ciento.

Además, se regula por primera vez -y de una forma clara- en qué casos se puede dar dinero a las personas dependientes para que contrate plazas en residencias, centros de día o de noche, servicios de atención domiciliaria, de prevención de la dependencia o de la autonomía personal. “El objetivo es atender a la persona en el lugar más adecuado, potenciando su libertad de elección y garantizando que los servicios profesionales están a disposición de las personas dependientes”, ha precisado Garcia Ferrer.

Desarrollo del servicio de Asistente Personal

La Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales va a desarrollar con esta norma el servicio de asistente personal, que hasta ahora solo reciben siete personas. Se trata de una prestación prevista en la Leyde Dependencia y que sólo está funcionando en el País Vasco, Madrid y Barcelona.

García Ferrer ha explicado que el asistente personal está indicado para atender a personas con discapacidad física o con alguna discapacidad intelectual, con daño cerebral sobrevenido o personas sordomudas. A diferencia de la anterior normativa, también podrán acceder a estos servicios los dependientes moderados que necesiten apoyo para su integración laboral, social, para su formación o capacitación. La norma prevé claramente quién puede ser beneficiario de este servicio, quién puede ser contratado como asistente y qué condiciones han de darse para recibirlo.

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