La Consejería de Empleo y Economía de CLM pone en marcha una serie de líneas de subvenciones a fondo perdido, en concurrencia competitiva, dirigidas a los emprendedores, autónomos, microempresas y pymes de la región
David Martínez | Miércoles 23 de abril de 2014
La Consejería de Empleo y Economía de Castilla La Mancha pone en marcha una serie de líneas de subvenciones a fondo perdido, en concurrencia competitiva, dirigidas a los emprendedores, autónomos, microempresas y pymes de la región que realicen proyectos encaminados a la puesta en marcha de nuevas empresas, nuevas actividades o que modernicen o amplíen las ya existentes.
Con el objeto de dar a conocer lo más importante y significativo de estas nuevas subvenciones, FEDETO ha realizado la presente circular dirigida al sector empresarial de la provincia de Toledo, destacándose los requisitos que deben cumplirse para optar a estas ayudas, los tipos de proyectos subvencionables, o los porcentajes de subvención entre otros. Es por ello que FEDETO aconseja a cada empresa interesada a que acuda a nuestros expertos, quienes les asesorarán de una manera puntual y adecuada según las características de los proyectos. Además hay que señalar que el plazo para solicitar estas subvenciones es muy corto, se ahí que la empresa interesada en su solicitud deberá realizar una buena planificación.
Como requisitos generales a destacar en todas las líneas son que la empresa deberá tener su domicilio fiscal en Castilla La Mancha, necesidad de contar con un Plan de Prevención de Riesgos Laborales, mantener las condiciones de empleo un mínimo de 2 años y las de inversión, actividad y demás condiciones durante un periodo mínimo de 5 años a contar, en ambos casos, desde el plazo de finalización de cumplimiento de condiciones, no iniciar las inversiones o gastos antes de solicitar la subvención, aportación del 30% en recursos propios y las forma de acreditar y justificar los pagos de las inversiones o gastos subvencionados. Por otra parte, se han fijado una serie de inversiones, actividades y sectores excluidos y que no podrán tener acceso a las subvenciones.
Se han fijado para cada línea de subvención diferentes criterios de valoración que serán los que al final determinen el porcentaje de subvención a otorgar a cada proyecto.
Las subvenciones se podrán solicitar hasta el 30 de Septiembre de 2013. 1.- LÍNEA DE APOYO A EMPRENDEDORES Y MICROEMPRESAS.
Los beneficiarios deben ser emprendedores según marca la ley 15/2011, de 15 de diciembre, o emprendedores según la definición de la Unión Europea.
1.1. Proyectos subvencionables. Proyectos empresariales industriales o de servicios dirigidos al inicio de una nueva empresa o de
una nueva actividad que generen empleo, a la ampliación o la modernización de las actuales instalaciones con el objetivo de mejorar la productividad, en el ámbito de Castilla La Mancha. En determinados proyectos no se deberán haber amortizado puestos de trabajo.
1.2.- Inversión subvencionable. Adquisición de edificios nuevos, obra civil, bienes de equipo, maquinaria, instalaciones, utillaje,
mobiliario, enseres, equipos y programas informáticos, trabajos de planificación e ingeniería del proyecto asociado a la inversión de obra civil.
1.3. - Actividades excluidas. La normativa aplicable para las subvenciones establece una serie de actividades y sectores que no
pueden optar a este tipo de ayudas, por lo que pueden dirigirse a FEDETO para obtener información al respecto.
1.4. - Cuantía de las inversiones. Las inversiones subvencionables deben estar comprendidas entre 6.000 euros y 100.000 euros. La
empresa deberá contar con un mínimo del 30% de la inversión como recursos propios.
1.5. - Cuantía de la subvención. Existen una serie de criterios objetivos de valoración que asignan a cada solicitud una puntuación
y, sobre la misma, una priorización. Sobre esa priorización, el porcentaje de subvención estará comprendido entre el 20% y el 30% de la inversión aprobada, y siempre teniendo en cuenta el crédito de cada convocatoria.
2.- LÍNEA DE APOYO A PYMES.
Los beneficiarios deben ser pequeñas y medianas empresas según la definición de la Unión
Europea.
2.1. Proyectos subvencionables: Proyectos empresariales industriales o de servicios (exclusivamente hoteles, alojamientos turísticos
y restaurantes) dirigidos al inicio de una nueva empresa o de una nueva actividad que generen empleo, a la ampliación o la modernización de las actuales instalaciones con el objetivo de mejorar la productividad, en el ámbito de Castilla La Mancha. En determinados proyectos no se deberán haber amortizado puestos de trabajo.
También se subvencionan los proyectos de innovación para el desarrollo y la creación de un nuevo producto o proceso productivo o la mejor sustancial de los existentes (pero no modificaciones periódicas o habituales).
2.2.- Inversión subvencionable. Adquisición de edificios nuevos, obra civil, bienes de equipo, maquinaria, instalaciones, utillaje,
mobiliario, enseres, equipos y programas informáticos, trabajos de planificación e ingeniería del proyecto asociado a la inversión de obra civil, colaboraciones externas y activos inmateriales relacionados con el proyecto.
2.3. - Actividades excluidas. La normativa aplicable para las subvenciones establece una serie de actividades que no
pueden optar a este tipo de ayudas, por lo que pueden dirigirse a FEDETO para que le informemos al respecto.
2.4. - Cuantía de las inversiones. Las inversiones subvencionables deben estar comprendidas entre 100.001 euros y 600.000 euros.
La empresa deberá contar con un mínimo del 30% de la inversión como recursos propios.
2.5. - Cuantía de la subvención. Existen una serie de criterios objetivos de valoración que asignan a cada solicitud una puntuación
y, sobre la misma, una priorización. Sobre esta priorización, la subvención variará desde el 10% al 20% de la inversión aprobada, y siempre teniendo en cuenta el crédito de cada convocatoria. El porcentaje de subvención aprobado se podrá incrementar si el proyecto conlleva la creación de empleo en el Régimen General hasta en un 10% más.
3.- LINEA CHEQUE INNOVA-CLM: ASESORAMIENTO EN INNOVACIÓN.
3.1.- Proyectos subvencionables. a) Innovación básica. Proyectos de diagnóstico de innovación, implementación de la innovación y estudios de viabilidad previos. b) Innovación avanzada. Proyectos de implementar sistemas de avaluación de indicadores (Benchmarking), de diseño o fortalecimiento de nuevas estrategias de comunicación corporativas (Branding) y de vigilancia competitiva. c) innovación colaborativa. Proyectos de creación de nuevos clusters.
Existen unos requisitos específicos para estos proyectos, sin los cuales no es posible solicitar la subvención.
3.2.- Gastos subvencionables. Colaboración y asistencia técnica externa y en algunos proyectos adquisición de bienes
inmateriales.
3.3. - Actividades excluidas. La normativa aplicable para las subvenciones establece una serie de actividades que no pueden
optar a este tipo de ayudas, por lo que pueden dirigirse a FEDETO para que le informemos al respecto. 3.4. - Cuantía de las inversiones.
Las inversiones subvencionables no tienen un mínimo y no podrán sobrepasar los 50.000,00
euros.
3.5. - Cuantía de la subvención. Existen una serie de criterios objetivos de valoración que asignan a cada solicitud una puntuación
y, sobre la misma, una prelación. En el caso de microempresas y pequeñas empresas la cuantía de la subvención será del 50% y en el caso de medianas empresas será del 40%.
La cuantía máxima a subvencionar será de 2.500,00 € en proyectos de innovación básica, 6.000,00 € en los de innovación avanzada y 25.000,00 € en creación de nuevos clusters.
4.- LÍNEA DE MEJORA DE LA POSICIÓN COMPETITIVA DEL EMPRENDEDOR.
Los beneficiarios son pymes encuadradas en el sector industrial de Castilla La Mancha, dadas de alta en el IAE en una actividad de fabricación.
4.1.- Proyectos subvencionables. a) Diseño y elaboración de páginas web que incluyan necesariamente el comercio electrónico o la venta on line. b) Posicionamiento e inclusión de forma preferente de páginas web que incluyan comercio electrónico o venta on line, en buscadores de internet. c) Participación como expositor con stand propio en ferias nacionales o regionales para la promoción de sus productos.
4.2.- Gastos subvencionables. a) Para los proyectos a) y b), los gastos de contratación de colaboraciones externas relacionadas con
el proyecto. b) Para acudir a una feria, el canon del suelo y suministros que facture la institución ferial,
construcción del stand y/o gastos de decoración del mismo, alquiler de mobiliario, transporte de mercancías, intérpretes e inserción en el catálogo oficial de la feria.
4.3. - Actividades excluidas. La normativa aplicable para las subvenciones establece una serie de actividades que no
pueden optar a este tipo de ayudas, por lo que pueden dirigirse a FEDETO para que le informemos al respecto.
4.4.- Cuantía de las inversiones y gastos. La cuantía máxima de inversión a subvencionar por proyecto será de 6.000,00 € en los
relativos a diseño y elaboración de páginas web y de 10.000,00 € en los relativos a posicionamiento o ubicación preferente de páginas web en buscadores de Internet.
4.5. - Cuantía de la subvención. Existen una serie de criterios objetivos de valoración que asignan a cada solicitud una
puntuación y, sobre la misma, una prelación. En el caso de pequeñas empresas la cuantía de la subvención será del 50% y en el caso de medianas empresas será del 40%.
Para mayor información, pueden ponerse en contacto con el Departamento Económico de FEDETO o bien con nuestras Delegaciones en Illescas, Quintanar de la Orden y Talavera la Reina.
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