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15 años de cárcel para el joven que asesinó a otro en La Pueblanueva

Un momento del juicio

SENTENCIA

En la imposición de la pena se ha tenido en cuenta la circunstancia atenuante de confesión.

La Voz del Tajo / Agencias | Jueves 29 de febrero de 2024

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Toledo ha condenado a I.M.M. a una pena de 15 años de prisión al considerarlo declarado culpable de un delito de asesinato, por acabar con la vida de A.C.S. en la localidad toledana de La Pueblanueva el 16 de junio de 2021.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso La Voz del Tajo, en la imposición de la pena se ha tenido en cuenta la circunstancia atenuante de confesión.

Además de la pena de cárcel, I.M.M. tendrá que indemnizar con 98.000 euros a la hija menor de edad del fallecido y con 74.000 euros a cada uno de los padres de A.C.S.

La sentencia no es firme y cabe recurso de apelación contra la misma ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM).

En la sentencia se declara probado que el día 16 de junio de 2021, sobre las 21.50 horas, en el merendero de la zona de recreo conocida como 'Los Caños' de la localidad de La Pueblanueva, acusado y víctima acordado quedar para tratar diversos problemas que les enfrentaban en relación con la venta de marihuana en la que participaban conjuntamente.

Según recoge la sentencia, cuando A.C.H. llegó con su patinete eléctrico, se dirigió a la mesa en la que estaba I.M.M., iniciándose entre ambos una discusión en la que

I.M.M. lanzó un puñetazo en el rostro a A.C.H., comenzando entre los dos una pelea, huyendo A.C.H. a la carrera mientras gritaba "ahora sí que la has cagado", siendo perseguido por I.M.M. I.M.M. alcanzó a A.C.H. en el camino de tierra, forcejeando con él, momento en el que su hermano menor de edad -que no es objeto de enjuiciamiento en este procedimiento- se acercó dónde estaban, uniéndose al forcejeo.

Durante este enfrentamiento I.M.M cogió una botella de litro de cerveza Mahou y le propinó un fuerte golpe en la cara a A.C.H. ocasionándole una herida supracilar derecha con fractura de suelo de la órbita, hundimiento del globo ocular y traumatismo craneoencefálico cerrado, rompiéndose la botella a consecuencia del golpe. Este golpe contuso le produjo a A.C.H. la pérdida de la conciencia o la disminución de ésta, impidiéndole defenderse del resto de la agresión.

Inmediatamente después I.M.M., con ánimo de acabar con la vida de A.C.H., utilizando la botella rota que tenía en la mano, le produjo una herida con dos cortes mortales en el cuello sin que éste pudiera defenderse y con conocimiento del acusado de dicha indefensión.

A.C.H., falleció por muerte violenta a consecuencia de los dos cortes realizados en su cuello por I.M.M., cortes que le provocaron una herida incisa a nivel laterocervical izquierdo de unos 10 centímetros de longitud y de 5 centímetros de ancho, y la sección completa de la arteria tiroidea superior izquierda con obstrucción intrínseca de la vía aérea por broncoaspiración sanguínea, siendo la causa inmediata de la muerte anoxia anóxica. En el momento de suceder los hechos, A.C.H. tenía 29 años y una hija de dos años.

I.M.M. la misma noche de los hechos, a través de su madre, llamó por teléfono a la Guardia Civil diciendo que había tenido una pelea en el parque y que creía que había matado al otro, escribiendo con posterioridad en la fase de instrucción una carta en la que se mostraba arrepentido de dicha muerte.

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