La patrulla del Seprona de Guadalajara (Pacprona) ha desarrollado una investigación para determinar las causas que rodean la muerte de un galgo cuyo cadáver fue encontrado hace unas semanas en un paraje de la localidad de Alovera.
Los informes que han realizado los agentes, apuntan a que el animal, un galgo español inscrito con el nombre de Ketama, habría sido abandonado por parte de la persona responsable de su guarda, vagando sin alimentarse adecuadamente hasta su muerte al quedar atrapada su cabeza entre varios enseres y no tener fuerzas para liberarse, ya que dicho animal presentaba una extrema delgadez en el momento de ser encontrado.
Las actuaciones del Seprona, ha informado en nota de prensa el instituto armado, han llevado finalmente a la investigación de un ciudadano de nacionalidad española que siendo el responsable legal del cuidado y guarda del animal se habría desatendido de sus obligaciones, lo que habría propiciado la muerte del can.
Asimismo, esta persona habría utilizado otra identidad a la hora de inscribir al animal en el registro correspondiente y en los diferentes trámites de cambio de titularidad.
Las conductas de maltrato y abandono de animales domésticos están recogidas en los artículos 337 y 337 bis del Código Penal y llevan aparejadas penas de prisión de hasta 18 meses, además de la inhabilitación para el ejercicio de cualquier profesión que tenga relación con los animales y para la tenencia de los mismos.
Por otro lado, la tenencia de los animales domésticos está regulada en las diferentes legislaciones de las Comunidades Autónomas, donde se específica todo lo referente a sus cuidados, higiene, documentación, vacunaciones así como la tipificación de las infracciones y sus sanciones.
Para garantizar el control y protección de los animales de compañía existen normas dictadas por la Administración Central, Autonómica y Local.
Los responsables de los animales son los dueños o los poseedores que por tanto, tienen la obligación de cumplir la normativa.
Los animales deben de estar censados en los ayuntamientos donde residen habitualmente desde los 3 meses de su nacimiento o desde su adquisición y deberán llevar de forma permanente su identificación censal, bien un chip o una chapa de identificación.
Igualmente el animal debe mantenerse en perfectas condiciones higienico-sanitarias y con la alimentación adecuada; así mismo las mascotas deben de ser vacunadas periódicamente.