El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, concretamente la Sala de lo Contencioso Administrativo, integrada por siete magistrados "ha resuelto el incidente de medidas cautelares abierto con ocasión del recurso presentado por el Ayuntamiento de Tembleque contra la orden de la Consejería de Sanidad de 20 de noviembre sobre atención sanitaria urgente y continuada en zonas básicas de salud" con un voto particular de su presidente en el que expresa su desacuerdo.
En el auto publicado este miércoles 30 de enero, tras las reuniones del pasado martes 22 y jueves 24, el TSJCLM “acoge parcialmente las alegaciones de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y modifica la medida cautelarísima de suspensión de la Orden adoptada por la Sala en fecha 17 de enero de 2013, levantando la suspensión en todo el territorio de la comunidad autónoma excepto en la zona básica de salud de Tembleque, ordenando a la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales mantener en ese ámbito territorial concreto la prestación del servicio sanitario de urgencias en los términos preexistentes a la entrada en vigor de dicha Orden".
Esta limitación atiende "a que el Ayuntamiento de Tembleque (el único consistorio que ha recurrido este procedimiento) no está legitimado para solicitar del Tribunal el mantenimiento del servicio de Urgencias, según se venía prestando antes de la entrada en vigor de la Orden de la Consejería, más allá de la zona básica de salud que le es propia".
Por otro lado, y tras la lectura del auto publicado por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal, "el fondo de la cuestión litigiosa (si se ajusta a derecho o no la nueva Orden aprobada por la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales) habrá de solventarse en la sentencia que en su día se dicte una vez tramitado el procedimiento".
Porque en esta pieza cautelar "la Sala ha considerado el serio riesgo de que una eventual sentencia estimatoria del recurso perdiera su efecto útil para el recurrente, en este caso el Ayuntamiento de Tembleque, de no haberse suspendido en este momento la vigencia de la Orden. De ahí el sentido de la decisión jurisdiccional adoptada".
De cualquier manera, el auto da la posiblidad de interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días aunque por lo pronto se cerrarán 20 PAC (Puntos de Atención Continuada) en toda la región para dar sevicio de urgencias nocturnas que se tenía previsto según la Orden de 20 de noviembre de 2012 de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha sobre atención sanitaria urgente y continuada en las zonas básicas de Salud, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha el 14 de enero pasado.