De esta forma, el Consistorio no tendrá que abonar los 60 millones de euros de indemnización por la expropiación del Parque de los Tres Olivos
Javier Fernández | Miércoles 23 de abril de 2014
La sección sexta de Sala de los Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo revocó la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) del año 2009 que condenaba a pagar al Ayuntamieto de Talavera 34 millones de euros, más los intereses generados, por la expropiación del Parque de los Tres Olivos, propiedad hasta ese momento de la empresa Urbanizadora Constructora Talavera S.A. (UCOTA). Según recoge la sentencia, se admite el recurso de casación presentado por el Consistorio talaverano considerándose que no es suficiente para declarar nulo el expediente de expropiación el hecho de que no hubiera consignación presupuestaria y además rechaza la valoración 'absolutamente desproporcionada' de la superficie que el hizo el TSJCM.
La noticia la dio a conocer el pasado jueves el propio alcalde de Talavera, Gonzalo Lago, explicando que con los intereses generados desde febrero de 1998, cuando se ejecutó la expropiación, y tras la sentencia del Tribunal Superior en noviembre de 2009, cuando la condena sería el pago ya de 54 millones de euros, los intereses devengados elevaban la indemnización hasta 60 millones de euros.
Lago anunció que esta sentencia supone salvar “un gran escollo para la ciudad”, por lo que definió la jornada como “un día de enhorabuena, de suerte y felicitación para Talavera y los talaveranos”. “En cierto modo nos ha tocado la lotería de forma anticipada, ya que la carga de abonar 60 millones de euros hubiera llevado a la institución a una penuria económica desastrosa”, resumió, teniendo en cuenta que el presupuesto anual del Consistorio ronda los 55 millones de euros. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha condenó al Ayuntamiento por la no existencia de un informe de intervención y no incluir consignación presupuestaria para la expropiación, aunque el Supremo ha estimado que ambos no son justificación para condenar al pago de esa cantidad, ya que “no es un vicio invalidante del procedimiento administrativo”, explicó el primer edil.
En diciembre de 2008, el Ayuntamiento abonó a UCOTA 2.981.012 euros, después del justiprecio que fijó en su resolución el Jurado Regional de Valoraciones. La sentencia del Supremo establece que el Consistorio tampoco tendrá que pagar las costas del recurso de casación que interpuso contra el TSJCM.
PRECEDENTES. En el año 1997 el Ayuntamiento aprobó el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) que calificó como zona verde este parque actual, situado junto a la piscina de La Piedad. En el año 2008 el Consistorio pagó, a través de un talón, casi tres millones de euros del justiprecio tras la resolución del Jurado Regional de Valoraciones, realizado seis meses antes. El TSJCM dictó una sentencia en 2009 que condenaba al Ayuntamiento a pagar 54 millones de euros por la expropiación del terreno del parque, de 2.675 metros cuadrados, ateniéndose a los precios libres de mercado de un suelo urbano consolidado. Pese a ello, el Supremo considera 'hipotéticas' las posibilidades edificatorias tras serle rechaza a la empresa la licencia de obra durante el PGOU. El litigio comenzó tras no alcanzarse una acuerdo entre el Gobierno local y la propiedad. Así El TSJCM aceptó en su momento la petición de casi 40 millones de euros por la valoración pericial de una superficie para la construcción de viviendas y garajes, además de uso comercial. Al conocerse la sentencia del Alto Tribunal regional, el entonces alcalde, José Francisco Rivas, auguró una bancarrota en el Consistorio. Lago, entonces en la oposición, apostó por las negociaciones con la empresa para llegar a un acuerdo.
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