Las escuelas oficiales de idiomas de Castilla-La Mancha podrán ofertar cursos de actualización, perfeccionamiento y especialización de competencias en idiomas dirigidos hacia el desarrollo de una o varias destrezas lingüísticas, hacia el lenguaje y las exigencias comunicativas del profesorado o de otros perfiles profesionales, o hacia las necesidades específicas de aprendizaje de idiomas de un colectivo determinado.
Así consta en la resolución de la Viceconsejería de Educación, que publica este miércoles el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y recoge Europa Press, por la que se regula la oferta de cursos de actualización, perfeccionamiento y especialización de competencias en idiomas en las escuelas oficiales de idiomas en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha para el curso académico 2021/2022.
En dicha norma, la Viceconsejería ha determinado que serán las escuelas oficiales de idiomas las que, contando con sus diferentes departamentos didácticos y previa valoración del propio perfil y disponibilidad horaria del profesorado, sin conllevar aumento de cupo, oferten estos cursos monográficos teniendo en cuenta las posibles personas destinatarias, su demanda y necesidades específicas de aprendizaje.
Los niveles de los cursos de especialización tendrán como referencia los niveles B1, B2, C1 y C2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (en adelante MCER).
Será destinatario de los cursos monográficos el personal docente u otros colectivos profesionales de los referidos en esta resolución que requieran actualización lingüística, refuerzo de las competencias comunicativas incluidas en el programa correspondiente o profundización y adquisición de conocimientos en un área específica del uso del idioma.
Además, podrá tener acceso a estos cursos monográficos cualquier ciudadano o ciudadana, sin necesidad de ser alumno o alumna de escuelas oficiales de idiomas, siempre y cuando cumpla con los requisitos de acceso a las enseñanzas de idiomas de régimen especial, así como con los requisitos específicos de acceso al curso al que se opte y que serán fijados previamente por cada escuela.
Las escuelas oficiales de idiomas que deseen impartir estos cursos monográficos deberán solicitarlo al servicio de Inspección de Educación de la correspondiente Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes y enviar copia al servicio de Secciones Bilingües y Programas Europeos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes para su conocimiento. Junto con la solicitud, deberán presentar la programación del curso.
A su vez, durante el mes de septiembre, las escuelas oficiales de idiomas harán públicos los cursos monográficos que hayan previsto impartir, de tal manera que el alumnado pueda realizar la solicitud de plaza según el procedimiento establecido por cada escuela oficial de idiomas.
En todo caso, el servicio de Inspección de Educación, una vez valorada la propuesta, comprobada la idoneidad del curso de acuerdo con esta resolución y considerando las solicitudes presentadas, deberá autorizar expresamente la impartición de cada uno de los cursos propuestos.
Los que no sean autorizados no se podrán impartir, y por tanto se generará el derecho a la devolución del precio público en favor de aquellas personas solicitantes que ya lo hubieran abonado.
Los cursos tendrán una duración mínima de 40 horas y máxima de 120 y podrán impartirse entre los meses de octubre y mayo del curso 2021-2022. Los cursos que tengan una duración inferior a cuatro meses podrán ofertarse en dos ediciones dentro del mismo curso escolar.
En este supuesto, y en el caso de que la demanda supere las plazas ofertadas, tendrán preferencia de acceso a la segunda edición aquellas personas solicitantes que hayan quedado excluidas en la primera.
La ratio de estos cursos no podrá, en ningún caso, ser superior a veinte ni inferior a quince alumnos por grupo. El límite mínimo se reducirá a diez cuando el colectivo al que se dirija la actividad sea reducido, bien por las características de la zona o por el carácter minoritario de la especialidad profesional.
Las escuelas oficiales de idiomas podrán ofertar Cursos de idioma de nivel Avanzado C2 en las escuelas oficiales de idiomas en las que no se imparta dentro de la oferta educativa ordinaria o perfeccionamiento de destrezas a través de los medios de comunicación y las nuevas tecnologías: radio, televisión, prensa, cine, Internet y redes sociales.
También podrán ofertar cursos de formación del profesorado, intensivo de preparación de las pruebas de certificación de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2; Curso de idioma para el sector comercial y de hostelería; curso de idioma para el sector sanitario; aplicado al turismo; de mecánica y automoción; de informática y tecnología y para cuerpos y fuerzas de seguridad
La matrícula de los cursos monográficos estará sujeta al pago del precio público regulado en la Resolución de 1 de abril de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se actualizan los precios públicos correspondientes a las enseñanzas de idiomas, de música, de danza y a los estudios superiores de diseño. A estos efectos, las personas que soliciten formalizar su matrícula deberán cumplimentar el modelo 046 y abonar la cantidad de 60,41 euros.
Al finalizar el curso monográfico se expedirá un certificado de aprovechamiento a todo el alumnado participante en el mismo en el que constarán los datos identificativos, la denominación del curso y las horas de duración, una vez comprobada la asistencia a, al menos, un 85% de las horas totales del curso.