Desde hoy 2 de agosto, y hasta el próximo domingo, día 8, la Dirección General de Tráfico (DGT) pone en marcha la campaña especial de control de consumo de alcohol y de drogas entre los conductores de la provincia.
Por este motivo, y durante los próximos días, además de los controles preventivos habituales, los agentes del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil y las Policías Locales de varias localidades intensificarán los controles que realizan a los conductores y conductoras de la provincia, a cualquier hora y en cualquier carretera.
Esta campaña tiene lugar en un momento en el que muchos ciudadanos están en localidades de la provincia con sus familiares en periodos vacacionales.
En primer lugar, concienciar a los conductores sobre la incompatibilidad del consumo de alcohol y de otras drogas con la conducción. El consumo de estas sustancias multiplica el riesgo de accidentes graves entre 2,7 y 22 veces, dependiendo de la cantidad que se haya consumido.
Además, se hace hincapié en que nadie debe conducir en estas circunstancias, y, si se encuentra entre un grupo de amigos o familiares, no permita que alguien que haya bebido o consumido drogas lo haga.
Y, por último, también se pretende prevenir los accidentes graves. Según datos oficiales del Observatorio Europeo para la Seguridad Vial (ERSO), en alrededor de un 25 % de las muertes por accidentes de circulación se constata que ha habido consumo de alcohol. En España, y según datos de la memoria del Instituto Nacional de Toxicología, en el 48,7 % de los conductores fallecidos en accidentes de circulación había resultados positivos en alcohol, drogas de abuso y/o psicofármacos.
Como suele ser habitual, varias Policías Locales de la provincia se han unido a la campaña. Hasta el momento ha comunicado su colaboración Añover de Tajo, Yepes, Ocaña, Almorox, Olías del Rey y Consuegra. La colaboración de estos ayuntamientos es muy importante para concienciar a sus propios conciudadanos.
Los datos de la última campaña, que tuvo lugar entre los días 16 a 22 de junio, poco tiempo después de que se levantaran las restricciones a la movilidad, muestran datos de denuncias que siguen siendo preocupantes:
En cuanto al alcohol, las Policías Locales realizaron 1.320 controles y formularon 41 denuncias, lo cual supone que se denunció al 3,11 % de los conductores controlados. La Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil realizó 14.068 controles, con 99 denuncias, lo que supone que se denunció al 0,7 % de los conductores controlados.
En lo referido a las drogas, las Policías Locales controlaron 147 vehículos, con 15 denuncias efectuadas, lo que supone el 10,20 % de los conductores controlados, una cifra muy preocupante. La ATGC controló a 50 conductores, con 12 denuncias, lo que supone el 24 % de los conductores controlados. Esta cifra es alarmante.
El conductor que sobrepase los límites de alcohol establecidos, o que tenga presencia o influencia de drogas en el organismo, tiene que ser también consciente de las sanciones administrativas o penales que le pueden acarrear:
Sanción administrativa:
Las sanciones administrativas aplicadas a la hora de consumir alcohol son las siguientes: 0,25-0,50 mg/l: 500 euros y 4 puntos del carnet; +0,5 mg/l: 1.000 euros y 6 puntos; conductores reincidentes: 1.000 euros y 4 o 6 puntos, según la tasa.
En cuanto a la presencia de drogas al volante, se aplica la siguiente sanción: 1.000 euros y 6 puntos del carnet.
Delitos contra la seguridad vial:
Es delito conducir bajos los efectos del alcohol en tasas superiores a 0,60 mg/l en aire-1,2 gr/l en sangre. Las penas son prisión de 3 a 6 meses; multa de 6 a 12 meses; trabajos en beneficio de la Comunidad de 30 a 90 días y privación del derecho a conducir de 1 a 4 años. Además, en caso de negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia es un delito cuya pena es la prisión de 6 meses a 1 año y la privación del derecho a conducir de 1 a 4 años.
Se considera delito conducir bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas. Las penas son prisión de 3 a 6 meses; multa de 6 a 12 meses; trabajos en beneficio de la Comunidad de 30 a 90 días y privación del derecho a conducir de 1 a 4 años. Además, en caso de negativa a someterse a las pruebas es un delito cuya pena es la prisión de 6 meses a 1 año y la privación del derecho a conducir de 1 a 4 años.
Si se trata de sanción administrativa, la pérdida de 4 ó de 6 puntos puede suponer que estén en juego los últimos puntos que tienen de saldo. Y sin puntos no pueden conducir, con todo lo que ello conlleva. Por último, si se trata de un delito, lo usual es que no puedan conducir durante 8 meses como mínimo, y que tengan antecedentes penales.