La pandemia ha provocado que el gobierno tuviera que adoptar decisiones sanitarias que han dado lugar, desde marzo de 2020, a restricciones de la movilidad y que forzaron el cierre temporal de sectores empresariales enteros o el desarrollo limitado de su actividad, para evitar la propagación del virus.
Desde el mes de abril de 2020, FEDETO ha demandado, para los sectores afectados por esas medidas, ayudas directas para las empresas con un doble objetivo: mantener los negocios de pymes y autónomos y los empleos dependientes de ellos.
Sin embargo, el gobierno decidió, también desde el inicio de la pandemia, no diseñar un paquete de ayudas directas y, bajo eufemismos como que las empresas estaban hibernadas y que España se encontraba ante una nueva normalidad, procedió a:
- Establecer un sistema de subsidios sociales justos, pero que ahora, después de un año, pueden resultar ineficaces si no pueden seguir sufragándose. De haber ayudado a las empresas, éstas podrían haber evitado el desplazamiento al desempleo de muchos trabajadores.
- Establecer un sistema de créditos ICO para financiar a las empresas, algo que estas no demandaban, pues no necesitaban financiación, sino ayudas directas para soportar la paralización oficial de su actividad.
- Crear un sistema de ERTE de fuerza mayor, diseñado de modo perverso, pues manteniendo las exigencias que impuso a las empresas, entre otras el mantenimiento del nivel de empleo, cada prórroga trimestral del sistema, rebajaba las exenciones de Seguridad Social. Debido a la pandemia y a las restricciones sanitarias el mantenimiento del nivel de empleo no depende realmente de la voluntad de las empresas, sólo depende del mantenimiento de esas restricciones que imponen las autoridades sanitarias.
- Establecer una prestación por cese de actividad para autónomos, cuyas cuantías han sido menores en cada prórroga y que, en ningún caso, han alcanzado la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional.
Lo cierto es que las empresas no han estado hibernadas. Si lo hubieran estado, ante su caída de ingresos, proporcionalmente habrían tenido que tener una reducción de gastos, impuestos y cotizaciones. Y esto no se ha producido en ningún momento. Muchos sectores sin ingreso alguno han seguido haciendo frente al pago de todos esos conceptos. Tampoco hay nueva normalidad, lo que hay es una nueva anormalidad, lo que se ha producido es una nueva crisis que se ha acabado convirtiendo en una Depresión Económica sin precedentes.
Otros países de Europa, desde el principio de la pandemia, bajaron los impuestos a las empresas, establecieron ERTES adecuados a las circunstancias de sus pymes y diseñaron paquetes de ayudas directas para los sectores más afectados, de modo que pudieran subsistir ante su caída de ingresos.
En España esto no se ha hecho y, ahora, un año después del inicio de la pandemia, el gobierno se da cuenta de que debe hacer algo más y decide diseñar un paquete de ayudas directas, pero al hacerlo ha cometido dos errores muy importantes que dejan sin ayudas a muchos sectores empresariales:
EL PRIMER ERROR. Para evitar dar un anuncio negativo, es decir, señalar qué sectores deben quedar excluidos de las ayudas, decide identificar qué sectores son los legítimos beneficiarios de las mismas.
Si hubiera determinado qué sectores debían quedar excluidos de las ayudas, habría aplicado un criterio objetivo sencillo y rápido, pues son muy claros los casos de actividades económicas que no han padecido la crisis con la misma intensidad que la gran mayoría de actividades económicas que se vieron obligadas a parar su actividad de forma directa, por orden gubernamental, o de forma indirecta, por las restricciones de movilidad, aforo, horario de apertura, etc…
Al actuar de modo contrario al que hubiera sido lógico y justo, el gobierno demuestra que desconoce cuáles son los eslabones que conforman las cadenas de valor de las distintas actividades económicas del tejido empresarial español.
Al actuar de ese modo no cae en la cuenta de que los sectores económicos en España están tan íntimamente interrelacionados que dependen absolutamente los unos de los otros, de modo que la involución de uno o varios de esos sectores perjudica de manera muy importante y casi equivalente a todos los demás, salvo alguna excepción muy concreta.
Como consecuencia, muchos sectores empresariales que no han sido objeto directo de restricciones sanitarias, pero que han visto descender su facturación como consecuencia de la caída económica de otros sectores de los que dependen o de las restricciones de movilidad, que les ha dejado sin apenas clientes, se buscan en la lista de beneficiarios y comprueban que no están entre los agraciados. Y, por supuesto, reclaman su legítimo derecho a las ayudas, pues su descenso en la facturación no depende de otra cosa que no sea la pandemia y la crisis económica derivada de la misma.
Ejemplos: Todos ellos, y otros muchos, han visto caer su facturación no porque se les obligara a cerrar, sino porque la restricción de la movilidad les ha dejado sin clientes.
EL SEGUNDO ERROR. El gobierno, para determinar qué sectores deben ser beneficiarios de las ayudas, en vez de basarse en un sistema objetivo eficaz, ha decidido basarse en listado de Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) que adolece de muchas carencias y, por tanto, de objetividad.
El CNAE fue creado en los años 50 del siglo XX por Europa como sistema de clasificación estadística, para ordenar y categorizar las características de la realidad económica y social de Europa. España lo copió y lo ha venido modificando desde entonces, pero lejos de adaptarlo a la realidad de las actividades económicas existentes en nuestro país, se limitaba a plagiar las que se existían en Europa. Y es evidente que la realidad de las empresas y de las actividades económicas europeas nada tienen que ven con las españolas. Para empezar el 95% del tejido empresarial español son pymes y autónomos, algo que no se asemeja a Europa, ni por aproximación.
Por otra parte, hay actividades económicas en España para las que no existe un código CNAE concreto. Cuando esto sucede, el sistema asigna automáticamente a esa actividad un código por afinidad, es decir, por parentesco o por asimilación. El problema es que en muchos casos no existe parecido alguno entre la actividad económica que carece de código y el código de la actividad que se le asigna.
Ejemplo: la venta de productos turísticos, tiene asignado el CNAE de ferretería, que nada tiene que ver con los damasquinos, la cerámica, la espadería, etc…
Hasta el momento el CNAE, aparte de su finalidad estadística, sólo ha tenido un objetivo más: en base al CNAE se determina el tipo aplicable a las bases de cotización, para cotizar a la Seguridad Social por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Con ello lo que se pretende es que cuanto más peligrosa sea la actividad empresarial, según el CNAE, más se cotice por esos conceptos. Ahora bien, si como se ha comprobado ahora, el CNAE adolece de defectos tan importantes como los que hemos puesto de manifiesto, resulta evidente que la cotización por estos conceptos no puede pretenderse que sea, precisamente, objetiva, al menos para todas las actividades económicas.
El único criterio objetivo fiable que debía de haber aplicado el gobierno para determinar qué sectores deben ser beneficiarios de las ayudas debía de haber consistido en establecer una cláusula, sin citar a ningún sector, que determinara como beneficiarios a todos aquellas pymes y autónomos que, afectados por las restricciones sanitarias, hayan sufrido un determinado porcentaje de caída de facturación.
Esta cláusula daría como resultado que ningún sector afectado, con legítimo derecho a percibir las ayudas, habría quedado excluido.
Esta cláusula sólo implicaría diseñar un procedimiento administrativo de gestión de las ayudas basado, simplemente, en comprobar que lo declarado por la empresa, para ser legítima beneficiaria de las ayudas, se corresponde con el hecho causante de las mismas.
EXISTE UN PRECEDENTE DE ESTE MODO DE OBRAR. Cuando se diseñó el sistema de ERTE por fuerza mayor, se hizo basándose en que sólo tendrían acceso a este sistema de suspensión de los contratos de trabajo las empresas de determinadas actividades, que se correspondían con unos determinados CNAE. Pues, bien, a determinados sectores no incluidos en esas actividades se les permitió acreditar su legítimo derecho a utilizar los ERTE mediante un procedimiento indirecto basado en acreditar que se trataba de empresas pertenecientes a la cadena de valor de una determinada actividad económica afectada.
Ejemplo: Los fabricantes de productos turísticos, que pudieron acreditar que pertenecen a la cadena de valor del turismo porque toda su facturación y clientes dependen del turismo.
FEDETO DENUNCIA QUE LOS SECTORES EXCLUIDOS DE LAS AYUDAS SON:
Por otra parte, FEDETO considera que el sistema de Clasificación Nacional de Actividades Económicas, debe adaptar se una vez por todas a la realidad del tejido empresarial español, de modo que cada actividad tenga su propio código. Se trata de un trabajo ímprobo, sin duda, pero por el bien de las empresas españolas es necesario hacerlo.
Si esto no se lleva a efecto, sólo cabe hacer dos cosas:
Al menos de este modo el CNAE no generaría los problemas tan importantes que está provocando en estos momentos para las empresas.