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ESTADO DE ALARMA | Estas son las multas por saltarse el confinamiento

Las sanciones fijadas por el Ministerio del Interior van de los 601 hasta 10.400 euros

Redacción La Voz del Tajo | Jueves 16 de abril de 2020

El Ministerio del Interior ha hecho público el listado de sanciones a las que los ciudadanos se exponen si deciden saltarte el confinamiento establecido bajo el estado de alarma para amortiguar el impacto del coronavirus. La infracción más leve, un desplazamiento injustificado, le costará 601 euros al infractor y la más alta, la organización o participación en eventos, supone un desembolso de 10.400 euros

La Ley de Seguridad Ciudadana de 2015, la Ley General de Salud Publica, el Sistema Nacional de Protección Civil y el Código Penal son las normas por las que se pueden establecer sancione

Tras un mes de estado de alarma, los diferentes cuerpos policiales han interpuesto 571.807 propuestas de sanción por incumplir el real decreto del estado de alarma, y son las Delegaciones del Gobierno las que tienen que tramitar estos expedientes

Si te sorprenden en un desplazamiento no autorizado sin ninguna otra circunstancia recibirá una propuesta de sanción de 601 euros, pero si menosprecia al agente que lo para se elevará hasta 2.000; si lo intimida, hasta 3.000 euros y si se pone violento o lo amenaza -sin llegar a ser delito en cuyo caso sería detenido- tendrá que abonar 10.400 euros.

El resto de conductas descritas se castigan con multas más leves de entre 700 y 2.000 euros. No identificarse inicialmente está penado con 700 euros, pero si lo hace de forma deliberada será el doble o saltarse reiteradamente la prohibición de libre circulación se le impondrá una sancióon de 2.000 euos. El desplazamiento no autorizado en coche es de 1.500 euros y si lleva a niños o personas vulnerables en su coche sin causa justificada tendrá que pagar la misma cantidad. Además, de un solo hecho pueden derivarse varias sanciones.

Incumplir lo dictado por el real decreto del estado de alarma del 14 de marzo también puede conllevar multas de hasta 10.400 euros si hay "organización o participación en actividades en común, festejos o celebraciones", siempre que haya "nivel de riesgo elevado en virtud del número de personas, circunstancias y proximidad".

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