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CORONAVIRUS | Si eres empresario o trabajador, ¿qué medidas extraordinarias puedes tomar ante el Covid-19?

En un comunicado conjunto, CCOO, UGT, CEOE y Cepyme, al que se unen también asociaciones empresariales, proponen medidas para garantizar la protección de las personas trabajadoras y la actividad empresarial

Redacción La Voz del Tajo | Viernes 13 de marzo de 2020

Los sindicatos y los empresarios acordarona ayer un documento conjunto con las medidas laborales que piden al Gobierno de España para afrontar las consecuencias económicas provocadas por la crisis sanitaria.

El acuerdo alcanzado por sindicatos y empresarios (CCOO, UGT, CEOE y Cepyme), al que se unen también asociaciones empresariales, insta al Gobierno a aprobar un Real Decreto-Ley de medidas de carácter temporal y excepcional que, en todo caso, "deben negociarse con las organizaciones sindicales y empresariales".

En primer lugar, empresarios y sindicatos abordan una nueva regulación de los ERTEs incidiendo, de manera muy particular, en la causalidad vinculada a los efectos de coronavirus, la simplificación de los procedimientos y el acortamiento de los plazos de resolución, demandando que se reduzca de manera extraordinaria los periodos de consulta para negociar un ERTE de 15 a siete días.

Así, las medidas aportadas por las Administraciones por motivo de salud pública, entre otras, el cierre de centros y la cancelación de actividades, las restricciones a la movilidad de las personas o mercancías, el aislamiento para evitar el contagio o la carencia de suministros, entre otros, podrán justificar los ERTE por fuerza mayor.

Los agentes sociales destacan que se necesitan fondos adicionales para proteger el empleo y la actividad económica frente a esta crisis, pero entienden que éstos "no deben computarse a efectos de determinar la senda de cumplimiento del déficit público".

Entre esas medidas de protección de empleo destaca que la cobertura para los trabajadores que deban someterse a aislamiento, fruto del contagio o de la enfermedad por el covid-19, perciban desde el primer día el 100% de su salario.

El Gobierno ya avanzó una cobertura del 75% para dichos casos, en asimilación a una baja por accidente de trabajo, y los agentes sociales le han exigido ampliarla. Y que dicho coste no repercuta en las arcas de la Seguridad Social, sino que se acabe costeando mediante un fondo extraordinario.

Otras medidas propuestas son la protección de los trabajadores fijos discontinuos; atender el cierre de centros escolares, centros de día y las restricciones de movilidad; y facilitar el teletrabajo entendiendo cumplida con carácter excepcional la obligación de las empresas de evaluar los riesgos con la autoevaluación realizada voluntariamente por el propio trabajador.

Las organizaciones han trasladado este acuerdo al Gobierno con el objeto de que estas medidas extraordinarias sean negociadas por las partes en la mesa de diálogo social correspondiente en aras de una pronta respuesta a la actual situación de urgencia.

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