NACIONAL

Juzgan en Talavera al acusado de atropellar mortalmente a 3 menores en Novés

Redacción La Voz del Tajo | Miércoles 06 de marzo de 2019
El Juzgado de lo Penal número 3 de Toledo, con sede en Talavera de la Reina, acoge este jueves a las 10.00 horas el juicio contra D.D.G., acusado de tres presuntos delito de homicidio por imprudencia grave y un supuesto delito de lesiones tras atropellar a cinco menores de edad en la TO-3927, a la altura del termino municipal de Novés, causando la muerte a tres de ellos, por lo que se solicita para él una pena de cuatro años de prisión.

Según el escrito de conclusiones provisionales de la Fiscalía, al que ha tenido acceso Europa Press, los hechos se remontan al pasado 22 de noviembre de 2014, sobre las 7.00 horas, cuando el acusado conducía su vehículo desde Torrijos en dirección a Fuensalida después de haber dormido unas tres horas aproximadamente.

En un momento dado de la conducción, relata el Ministerio Público, el acusado cayó sumido en un sueño tal, debido a la "extrema somnolencia y fatiga" que sufría, que motivó que perdiera "completamente" el control del vehículo de modo que empezó a desviar su trayectoria progresivamente hacia la izquierda, invadiendo el carril en sentido contrario.

Cuando despertó, y siempre según la Fiscalía, el conductor se percató "de inmediato" de la presencia de cinco peatones que en ese preciso instante caminaban por el arcén del carril de la vía por sentido contrario que estaba invadiendo, aunque no pudo evitar atropellarlos dada su proximidad y pese a que giró bruscamente el volante saliéndose finalmente de la carretera por el margen derecho.

Fruto de la "errática trayectoria" del conductor, el acusado atropelló a B.F.N., de 17 años de edad; a N.F.L., de 15 años de edad; a M.D.P.C., de 12 años de edad; y a A.R.F.D.S.S., de 17 años de edad. La quinta víctima D.M.E.V., de 18 años de edad, caminaba al frente del citado grupo por la cuneta terriza, lo que le permitió apartarse de la trayectoria del vehículo y evitar su atropello.

Como consecuencia del accidente, M.D.P.C. sufrió una rotura hepática, mientras que N.F.L. y A.R.F.D.S.S. sufrieron un traumatismo craneoencefálico; siendo lesiones de tal gravedad que --añade el Ministerio Público-- les causó a los tres su inmediato fallecimiento. Por su parte, B.F.N. se quedó parapléjico y D.M.E.V. sufrió una herida en el antepié izquierdo.

Para la Fiscalía, D.D.G. incumplió con su acción "el más elemental deber" de mantener la atención permanente exigible a todo el conductor y debió extremar la precaución y abstenerse de conducir en "estado de extremo cansancio y somnolencia" como el que se hallaba y que le "impidió" prestar la atención debida a la circunstancias de la conducción.

Asimismo, constata que el resultado de la prueba de alcoholemia, a la que se sometió voluntariamente, arrojó 0,29 miligramos de alcohol por litro de aire espirado en una primera prueba y de 0,26 miligramos de alcohol por litro de aire espirado en una segunda. Alcohol ingerido la noche anterior, lo que para el fiscal "contribuyó a amasar el efecto de sueño que sufría el acusado".

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