David Martínez | Jueves 12 de abril de 2018
Las solicitudes de las ayudas de la Dirección General de Programas de Empleo que se regulan los incentivos destinados a fomentar la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo de Castilla-La Mancha podrán presentarse desde este viernes.
Según la resolución publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), recogida por Europa Press, podrán ser beneficiarios de las mismas las empresas ya sean personas físicas o jurídicas y las sociedades laborales o cooperativas que incorporen trabajadores como socios trabajadores o de trabajo en el régimen de Seguridad Social propio de los trabajadores por cuenta ajena.
A ellas se suman las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las uniones temporales de empresas y las entidades sin ánimo de lucro que realicen contrataciones de trabajadores con discapacidad en las condiciones establecidas en el decreto.
Con estas ayudas se pretende favorecer, a través de la contratación laboral indefinida, la integración laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo y fomentar la estabilidad en el empleo y facilitar la adaptación a puestos de trabajo de personas con discapacidad.
Para ello, se prevén dos líneas de ayudas: Las ayudas para la contratación indefinida y transformación de personas con discapacidad, que consistirán en una subvención de 4.000 euros por cada contrato celebrado a tiempo completo.
Una cuantía que se podrá incrementar con 1.300 euros si la persona contratada es hombre o 2.000 si es mujer, siempre que la contratación cumpla con que la Oficina de Empleo participe en la intermediación, y que el contrato indefinido que realice la entidad beneficiaria con una persona discapacitada, sea el primer contrato indefinido que formaliza dicha entidad.
Del mismo modo, se podrá incrementar con 2.200 euros si la persona contratada es hombre o 2.800 euros si es mujer, siempre que la contratación se realice a una persona con parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual, con un grado reconocido igual o superior al 33%, que se realice con personas con discapacidad física o sensorial, con un grado reconocido igual o superior al 65%, o que se realice con persona con discapacidad, con edad igual o mayor de 45 años.
La segunda línea de ayuda, para la adaptación a puestos de trabajo de personas con discapacidad, consistirá en una subvención, como máximo, de 901,52 euros por contrato.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación en el DOCM del texto completo y del extracto de la resolución por la que se publica el crédito presupuestario para el ejercicio y finalizará el 15 de noviembre del ejercicio correspondiente.
Las solicitudes de ayudas se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica. En los supuestos de las ayudas reguladas en la Línea II, cuando sea el trabajador con discapacidad quien presente la solicitud, podrá hacerlo de forma telemática, con firma electrónica, o en el registro de la Consejería competente en materia de empleo, en sus Direcciones Provinciales o en cualquiera
de los registros.
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