LOCAL

Condenado el Guardia Civil que obligó a medir la distancia fijada en una orden de alejamiento

David Martínez | Martes 18 de agosto de 2015

El Tribunal Supremo ha confirmado la sanción disciplinaria para el sargento primero de la Guardia Civil que obligó a medir la distancia fijada en una orden de alejamiento. La sanción le condena por una falta de “negligencia o inexactitud en el cumplimiento de los deberes, de las órdenes recibidas o de régimen interior”.

Los hechos sucedieron en 2013, cuando una vecina de Talavera de la Reina presentaba una denuncia ante la Policía Local alertando de la proximidad en su domicilio de su expareja, sobre el que pesaba una orden de alejamiento de 100 metros.

Tras la denuncia, el suboficial al mando, determinaba que había que verificar la distancia entre el domicilio de la denunciante y el bar donde se se situaba el agresor. Esta medición determinó que la distancia era superior a los 100 metros y que por lo tanto no había delito.

La mujer, tras conocer el resultado, expresó su intención de denunciar al guardia civil, ya que conocía a su pareja y le proporcionaba trato de favor. Ante esta advertencia, se realiza una segunda medición donde se confirma que la distancia es de 75 metros.

El suboficial ha sido condenado a dos días de perdida de sueldo por este hecho y por ocultar en los informes oficiales la segunda medición y la denuncia que interpuso la afectada, denuncia que nunca llego al conocimiento de sus superiores.


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