Así lo ha remitido el Consejo de Ministros al Congreso de los Diputados en el proyecto de Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector Público para su tramitación por procedimiento de urgencia
Redacción La Voz del Tajo | Miércoles 23 de abril de 2014
Las administraciones públicas, las cuales tendrán que publicar el período mensual de sus pagos, tendrán a su disposición un Plan de Tesorería que garantice que éstos se producen en un plazo nunca superior a 30 días. El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas realizarán un seguimiento para el cumplimiento de los mencionados periodos.
El incumplimiento del periodo medio de pago, pondrá en marcha un sistema automático y progresivo de medidas de control. Si el periodo de medio de pago supera los 30 días, deberá incluir en la actualización de su Plan de Tesorería inmediatamente posterior el importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago de proveedores para reducir la mora a 30 días, así como el compromiso de adoptar medidas para generar la tesorería necesaria para cumplir con el plazo legal.
En el caso de superar en más de 30 días el plazo legal, el Ministerio de Hacienda comunicará el importe que mensualmente deberá dedicar a pagar a proveedores, así como las medidas cuantificadas a adoptar para generar la tesorería necesaria para reducir los plazos de pago.
A continuación, la comunidad autónoma adoptará un acuedo de no disponibilidad por la misma cuantía, todas las operaciones de endeudamiento a largo plazo precisarán de autorización por parte del Estado y el Gobierno atuonómico deberá incluir nuevas medidas en su plan de tesorería para cumplir el plazo máximo de 30 días.
Si no se consigue reconducir el período medio de pago en dos meses, el Ministerio iniciará el procedimiento de retención de los importes a satisfacer por los recursos de los regímenes de financiación y pagará directamente a los proveedores de las comunidades.
Del mismo modo, el proyecto de Ley incluye las medidas previstas en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que dejarán de aplicarse cuando la comunidad cumpla durantes seis meses con el plazo legal de pago.
A partir de la aplicación de estas medidas de corrección, el Ministerio podrá determinar el acceso de éstas en los mecanismos adicionales de financiación vigentes.
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