El equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Toledo ha aprobado modificaciones en la ordenanza fiscal del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) tras aceptar tres alegaciones presentadas por la Federación de Empresarios de Toledo (Fedeto) y la Asociación de Hostelería y Turismo de Toledo.
Los cambios supondrán una reducción en la carga fiscal para los inmuebles urbanos de mayor valor catastral dedicados a usos comerciales, industriales, hosteleros, de ocio, sanitarios o de oficinas.
La ordenanza, inicialmente aprobada por el Pleno municipal en octubre, contemplaba aplicar tipos diferenciados de IBI al 10% de los inmuebles no residenciales con mayor valor catastral en la ciudad. Sin embargo, tras las alegaciones, el Ayuntamiento ha decidido suavizar las condiciones:
- El porcentaje de inmuebles urbanos a los que se aplicará el IBI diferenciado para usos comerciales, hosteleros y de ocio se reducirá del 10% al 5%.
- Para el sector industrial, aunque se mantiene el 10% de inmuebles, el tipo impositivo desciende del 0,60% al 0,55%.
- En general, el tipo impositivo para los bienes inmuebles de mayor valor catastral pasa del 0,60% al 0,55%.
Estas modificaciones reflejan el compromiso del Ayuntamiento con el tejido empresarial y hostelero de la ciudad, buscando un equilibrio entre la recaudación fiscal y el apoyo a los sectores clave de la economía local.