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SANIDAD

CLM regula el calendario de vacunaciones

CLM regula el calendario de vacunaciones
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Una de las novedades es la incorporación de la de la vacunación frente al rotavirus

miércoles 11 de septiembre de 2024, 10:27h

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El Gobierno de Castilla-La Mancha ha modificado la denominación Calendario de Vacunaciones de la región por la de Calendario de Vacunaciones e Inmunizaciones a lo largo de toda la vida en Castilla-La Mancha, al tiempo que ha actualizado las vacunas y productos inmunizantes recomendados. Una de las novedades es la incorporación de la de la vacunación frente al rotavirus.

Así consta en la Orden de la Consejería de Sanidad que publica en su edición de este miércoles el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, y recoge Europa Press, en la que se habla de la necesidad de actualizar el Calendario de Vacunaciones de Castilla-La Mancha, como consecuencia de la necesidad de ir adaptándose a las nuevas evidencias científicas y a los acuerdos adoptados por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, tendentes a establecer un calendario único de vacunas en el territorio nacional.

Las principales novedades que contempla este calendario son la profilaxis frente al virus respiratorio sincitial con una dosis del anticuerpo monoclonal nirsevimab para los niños y niñas con fecha de nacimiento entre el 1 de abril del año en curso y el 31 de marzo del año siguiente, y la mejora de la protección frente a la enfermedad neumocócica invasiva en la población infantil, sustituyendo la vacuna neumocócica conjugada de 13 serotipos por otra vacuna neumocócica conjugada de 20 serotipos.

También incluye la incorporación de la de la vacunación frente al rotavirus. Esta infección es una de las causas más frecuentes de gastroenteritis aguda y deshidratación grave, siendo una de las patologías más frecuentes en el ámbito pediátrico.

Desde Sanidad indican que las vacunas y otros productos inmunizantes incluidos en esta Orden tienen carácter universal y gratuito para todas las personas de la población diana indicadas en el Calendario, independientemente de su tipo de aseguramiento. Su aceptación es voluntaria, si bien la Consejería de Sanidad recomienda su administración.

El personal de enfermería de los centros de vacunación, tanto públicos como privados, administrará y registrará las vacunas y productos inmunizantes recomendados en esta Orden a la población diana para la que estén indicadas, de acuerdo con las instrucciones de la Dirección General de Salud Pública, así como con la información técnica y complementaria que dichas instrucciones incluyan.

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