El
calendario laboral de 2024 recoge un total de
12 días festivos nacionales, de los que 9 se celebrarán de forma conjunta en toda España, el mismo número que este año, según una resolución de la Dirección General de Trabajo publicada este viernes en el
Boletín Oficial del Estado (BOE).
En concreto, en 2024 serán fiesta en toda España el lunes 1 de enero (Año Nuevo), el sábado 6 de enero (Epifanía del Señor), el viernes 29 de marzo (Viernes Santo), el miércoles 1 de Mayo (Fiesta del Trabajo), el jueves 15 de agosto (Asunción de la Virgen), el sábado 12 de octubre (Fiesta Nacional de España), el viernes 1 de noviembre (Todos los Santos), el viernes 6 de diciembre (Día de la Constitución Española) y el miércoles 25 de diciembre (Natividad del Señor).
Existen otros festivos comunes que las comunidades autónomas pueden desplazar a otro día. Así ha ocurrido, por ejemplo, con el jueves 28 de marzo (Jueves Santo), que será festivo en toda España a excepción de la Comunidad Valenciana y Cataluña, pero no con el viernes 6 de enero, el día de Reyes, que todas las comunidades han decidido mantener.
Entre algunas de las facultades reconocidas a las comunidades autónomas existe la posibilidad de sustituir el descanso del lunes siguiente a las fiestas nacionales que coinciden en domingo, como ocurre con San José (19 de marzo) o Santiago Apóstol (25 de julio).
Así, el 9 de diciembre (lunes siguiente a la Inmaculada Concepción) será fiesta en Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León, Extremadura, Murcia y Melilla; el jueves 25 de julio (Santiago Apóstol) sólo será festivo en Cantabria, Galicia, Madrid, Navarra y País Vasco, y el martes 19 de marzo (San José) sólo será fiesta en Murcia y la Comunidad Valenciana.
A los días festivos nacionales siempre hay que sumar dos festivos autonómicos y dos locales, hasta sumar un total de 16 días festivos al año.
Este próximo año 2024 tendrá, en cambio, fines de semana más largos de lo habitual debido a la celebración de varias fiestas en lunes o viernes. Así sucede, por ejemplo, con el lunes 1 de enero, el viernes 1 de noviembre y el viernes 6 de diciembre.
En las comunidades que han optado por celebrar el Jueves Santo (28 de marzo), que son casi todas, tendrán un puente de cuatro días; en cambio, en cinco comunidades autónomas (Baleares, Cantabria, Navarra, País Vasco y La Rioja) este puente contará con cinco días puesto que han decidido dar también como festivo el lunes de Pascua (1 de abril).
Además, para los trabajadores que puedan permitirse algún día libre, podrían alargar el fin de semana por la celebración de la Asunción de la Virgen (15 de agosto) en jueves.
En la resolución del BOE se precisa que en Cataluña y Comunidad Valenciana se ha establecido, además de las 12 festivos nacionales retribuidos y no recuperables, un festivo retribuido recuperable, lo que significa que si los trabajadores disfrutan de esa fiesta adicional, tendrán que recuperar las horas no trabajadas.
En el caso de la Comunidad Valenciana, el festivo retribuido recuperable se ha fijado para el lunes 24 de junio (San Juan), mientras que Cataluña deberá escoger entre el 6 de enero, 1 de abril, el 24 de junio y el 26 de diciembre (San Esteban).