Los padres podrán adelantar 10 días su permiso de paternidad para cuidar de la madre durante el tiempo previo al parto, tal y como recoge el anteproyecto de Ley de Familias, impulsado por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y aprobado por el Consejo de Ministros, en primera lectura. En la actualidad, el permiso de paternidad está equiparado al de maternidad, con un total de 16 semanas.
No obstante, para que la medida entre en vigor la tramitación parlamentaria de la norma debe haber finalizado antes de que se disuelvan las Cortes dentro de un año con motivo de las próximas elecciones generales.
El texto de la ley de familias, al que ha tenido acceso Europa Press, modifica la Ley del Estatuto de los Trabajadores, para establecer la posibilidad de que el progenitor no gestante "pueda anticipar en diez días el comienzo del disfrute del permiso" de paternidad.
Según recoge el anteproyecto de la nueva ley, esta flexibilidad "resulta coherente con el objeto de cuidado de la madre biológica durante este periodo".
Hasta ahora, el Estatuto de los Trabajadores contempla que "la suspensión del contrato de cada uno de los progenitores por el cuidado de menor, una vez transcurridas las primeras seis semanas inmediatamente posteriores al parto, podrá distribuirse a voluntad de aquellos, en períodos semanales a disfrutar de forma acumulada o interrumpida y ejercitarse desde la finalización de la suspensión obligatoria posterior al parto hasta que el hijo o la hija cumpla doce meses"; y especifica que "la madre biológica podrá anticipar su ejercicio hasta cuatro semanas antes de la fecha previsible del parto".
En el anteproyecto de la nueva Ley de familias, se añade que también "la persona progenitora distinta de la madre biológica podrá anticipar su ejercicio hasta diez días antes de dicha fecha".
Otro de los cambios que introduce el nuevo texto consiste en que un padre o madre sola que tenga un hijo o hija con discapacidad, podrá disfrutar de la ampliación completa del permiso por paternidad que correspondería a una familia compuesta por dos progenitores en la misma situación, es decir, dos semanas más.
De esta forma, la nueva ley de familias modifica el Estatuto de los Trabajadores, que actualmente recoge que "en el supuesto de discapacidad del hijo o hija en el nacimiento, adopción, en situación de guarda con fines de adopción o de acogimiento", la suspensión del contrato por paternidad y maternidad, "tendrá una duración adicional de dos semanas, una para cada una de las personas progenitoras".
Ahora, con la nueva ley se añade que "en caso de haber una única persona progenitora, esta podrá disfrutar de las ampliaciones completas previstas en este apartado para el caso de familias con dos personas progenitoras".
EXTIENDE EL SUBSIDIO DE MATERNIDAD A ADOPCIÓN Y ACOGIMIENTO
Otra modificación que introducirá la nueva ley de familias es que extenderá el subsidio no contributivo de maternidad a supuestos hasta ahora excluidos, como el acogimiento, la guarda con fines de adopción y la adopción.
De esta manera, el anteproyecto modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto en 2015, el cual establece que serán beneficiarias del subsidio por nacimiento "las trabajadoras incluidas en este Régimen General que, en caso de parto, reúnan todos los requisitos establecidos para acceder a la prestación por nacimiento y cuidado de menor".
Ahora, con la nueva redacción, tendrán derecho a este subsidio "las personas trabajadoras incluidas en el Régimen General que, producida la situación de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar" reúnan todos los requisitos establecidos.