Nogueira será juzgado por un jurado popular a partir del 24 de octubre por el cuádruple crimen de Pioz
miércoles 23 de mayo de 2018, 18:00h
El juicio con jurado popular contra Patrick Nogueira, de 22 años y autor confeso del cuádruple asesinato de Pioz (Guadalajara), se celebrará a partir del 24 de octubre de 2018, y se alargará al menos hasta el día 31 del mismo mes.
El juicio comenzará con la elección y constitución del Tribunal del Jurado, trámite este que tendrá lugar a puerta cerrada como es preceptivo por ley, y a continuación se iniciarán las sesiones del juicio, que se desarrollará en sesiones de mañana --y si fuera necesario en sesiones de tarde-- en audiencia pública en la Audiencia Provincial de Guadalajara.
Así se desprende del Auto de Hechos Justiciables dictado este miércoles por la magistrada-presidente del procedimiento, recogido por Europa Press, documento que detalla los hechos que se enjuiciarán durante la celebración del juicio.
La defensa de Nogueira considera estos hechos constitutivos de dos delitos de asesinato con respecto a la muerte de los dos menores, si bien categoriza como delitos de homicidio las muertes de los padres de ambos. Alega además la eximente incompleta de trastorno mental transitorio, las atenuantes de arrebato u obcecación y la de confesión, y la atenuante de dilaciones indebidas.
En el proceso estarán presentes como acusación el Ministerio Fiscal, que califica los hechos como constitutivos de dos delitos de asesinato por la muerte de M.C.N. y J.S.A., y otros dos delitos de asesinato por la muerte de los menores M.C. y D.A.C.N., en ambos casos con alevosía.
Como acusación particular, el hermano de M.C.N. y tío de los dos menores asesinados, que considera a Nogueira autor de dos delitos de asesinato y otros dos con concurrencia de las agravantes de abuso de confianza. También se persona como acusación particular el hermano de J.S.A. y tío de los dos menores; y como actor civil J.P.L.C., propietario de la vivienda donde ocurrieron los hechos. En ambos casos se aprecia alevosía.
UNA TREINTENA DE HECHOS JUSTICIABLES
Del relato de los hechos emitidos por el Ministerio Fiscal, las acusaciones y la defensa del acusado, se desprenden una treintena de hechos justiciables.
Entre los más destacados, el juicio servirá para dirimir si el día 17 de agosto de 2016 el acusado fue a casa de las víctimas con el propósito de acabar con la vida de los cuatro tras adquirir un cuchillo o navaja cuyas características no constan por haberse desprendido del arma tras los hechos, pero que podría tener una hoja de más de 30 milímetros.
Hay que esclarecer si además portaba en una mochila bolsas de basura y cinta de precintar; y si al llegar se encontraban en el inmueble la tía y los dos hijos. Se analizará igualmente si, tras consumir unas pizzas que el propio Nogueira había llevado, su tía se dirigió a la cocina a recoger los platos y, mientras estaba frente al fregadero con las manos ocupadas lavando la vajilla, el acusado, de modo sorpresivo le hizo un corte en el cuello con el cuchillo que portaba que le ocasionó la muerte.
Se juzgará si seguidamente el acusado se dirigió a los dos menores, uno de cuatro años y otro de uno, que habrían presenciado lo sucedido con su madre, y si, con el mismo cuchillo, Nogueira les causó heridas en el cuello que les ocasionaron la muerte, sin que tuvieran ninguna posibilidad de evitar la agresión dado que estaban paralizados de miedo y debido a su corta edad.
También si, según los relatos de las acusaciones, Nogueira, seguidamente y con la intención de ocultar los cadáveres, seccionó el cuerpo de J.S.A. por la mitad, a nivel del piso abdominal inferior, con unas tijeras de podar el jardín, e introdujo cada una de las partes en un total de cuatro bolsas de plástico puestas cada una dentro de la anterior, para reforzar el envoltorio, y las cerró con cinta de precintar.
Y si, a tenor de estas conclusiones, de la misma forma, sin proceder a seccionarlos, introdujo los cuerpos de los niños en cuatro bolsas, dispuestas de la misma manera, que cerró con la cinta americana que había llevado en su mochila.
Igualmente, se deberá juzgar si, tras depositar las bolsas en el salón de la vivienda, y siempre según las conclusiones que habrá que juzgar, procedió a limpiar los restos de sangre y demás vestigios que habían quedado como consecuencia de los hechos anteriormente descritos y esperó la vuelta al domicilio de su tío M.C.N, quien al llegar se encontró con su sobrino, quien le esperaba en el porche de la casa.
También si ya en el pasillo y de manera sorpresiva, el acusado habría atacado a M.C.N. con idéntico ánimo de acabar con su vida, propinándole varias cuchilladas en el cuello, causándole un total de 14 heridas que provocaron su muerte, quedando tendido en el pasillo.
Y si, con el mismo propósito de ocultar su cadáver, seccionó su cuerpo de forma completa a nivel del piso abdominal inferior e introdujo cada una de las partes en un total de cuatro bolsas de plástico puestas cada una dentro de la anterior para reforzar el envoltorio.
PIDIÓ CONSEJO A UN AMIGO EN BRASIL SOBRE CÓMO DESHACERSE DE LOS CADÁVERES
El proceso que se sigue contra el asesino confeso también abordará si a lo largo de la tarde y la noche intercambió mensajes por mensajería instantánea con un amigo que se encontraba en Brasil, contra quien no se sigue procedimiento judicial en España por estos hechos.
En estos mensajes, Nogueira le pedía consejo, le relataba lo que iba haciendo y le enviaba fotografías de los cadáveres y de él mismo ensangrentado, recibiendo por parte de su interlocutor mensajes de ánimo y recomendaciones para deshacerse de los cadáveres.
Se ha de dilucidar igualmente si tras limpiar la casa y asearse, procedió a esperar que se hiciera la hora para coger el autobús de vuelta, deshaciéndose del cuchillo empleado para cometer los hechos y de otros efectos en distintos contenedores de basura, de modo que no han sido hallados.
UN EMPLEADO DE MANTENIMIENTO AVISÓ A SEGURIDAD UN MES DESPUÉS
Fue el 17 de septiembre cuando un empleado de mantenimiento alertó a los vigilantes de seguridad por el olor nauseabundo que emanaba de la vivienda. Tras llamar a la puerta y sin que nadie respondiera, se solicitó autorización del propietario de la vivienda para entrar en la misma.
Tras asomarse a la ventana del salón situado en la planta baja, observaron unas bolsas de plástico depositadas en el suelo rodeadas de moscas muertas que contenían los cadáveres.
Dos días después del hallazgo de los cadáveres, el acusado voló desde Madrid a Río de Janeiro con la finalidad de eludir la acción de la justicia y evitar ser detenido, si bien, posteriormente, el 19 octubre, fue detenido tras regresar a España.
LA DEFENSA PIDE UN TAC PARA VER SI HAY PATOLOGÍAS
El escrito explica que la defensa del acusado ha solicitado en su escrito de conclusiones una exploración de neuroimagen del acusado que permita valorar su actividad neuronal, denominada PET-TAC, a fin de determinar si existe patología neuropsiquiátrica sin evidencia de lesión estructural subyacente en el mismo.
A tales efectos, la representación del acusado deberá indicar en el plazo de 10 días la fecha fijada para la realización de dicha prueba y el centro donde se va a practicar, así como los doctores y personal que van a intervenir, a los efectos de otorgar la debida autorización para que el acusado sea trasladado al centro designado desde el centro penitenciario con las debidas medidas de seguridad. La práctica de toda la prueba se efectuará una vez abierto el juicio oral.