Condenan al SESCAM a pagar 61.644 euros por la muerte de una mujer con meningitis
El tribunal considera que hubo " un retraso injustificable" en el diagnóstico y tratamiento de esta enfermedad
miércoles 23 de noviembre de 2016, 12:00h
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Toledo en Sentencia tramitada por los Servicios Jurídicos de la Asociación 'El Defensor del Paciente', ha condenado al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) a pagar una indemnización de 61.644 euros al marido y los hijos de una paciente que falleció "a consecuencia de una defectuosa actuación del hospital Virgen de la Luz, en Cuenca, por el retraso en el diagnóstico y tratamiento de la meningitis que presentaba".
Según explica la sentencia la paciente, E.V.G., de 57 años, estaba de vacaciones de Semana Santa, en abril de 2010, junto a su marido e hija. Tras dos días con dolores - no habla, pérdida de movilidad en las extremidades hasta terminar con pérdida de consciencia-, la hija avisó al servicio de emergencias que cudió al lugar una ambulancia sin profesional médico sanitario, pese a que la propia familia señaló en sus llamadas la alarma.
La Sentencia reconoce un "retraso injustificable" en la prescripción y administración de tratamiento antibiótico a la paciente. A pesar de que se le diagnosticó un shock séptico y se planteó que podría ser una meningoencefalitis, no se le dieron antibióticos hasta dos días después de su ingreso. Tampoco se le realizó un TAC craneal para concretar actuaciones "pese a estar debidamente protocolizado hasta dos días después del ingreso.
Todo ello originó un retraso en el diagnóstico y el tratamiento que provocó el agravamiento de la paciente y su fallecimiento tres días después "porque era sábado y domingo de Semana Santa. El TAC demostró que había una hemorragia subaracnoidea con edema cerebral difuso y colapso del sistema ventricular". explica el Defensor del Paciente en un comunicado.
La Asociación "El Defensor del Paciente" considera que la indemnización "es insuficiente para el grave daño ocasionado a la familia. Queda probado la falta de personal cualificado en fechas festivas". Contra la sentencia cabe recurso de apelación en el plazo de 15 días.